Próximamente se discutirá una propuesta para ampliar los días de vacaciones, reducir las jornadas y añadir prestaciones a los trabajadores. Conoce de qué trata y de qué beneficios podrás gozar:
El próximo martes 27 de septiembre se discutirá en el Senado una propuesta para ampliar el período vacacional de los trabajadores, así como posiblemente reducir una hora la jornada laboral. Siendo esta una modificación importante a la Ley Federal del Trabajo luego de 50 años de permanecer igual.
La iniciativa generada por miembros del Partido Encuentro Social (PES), el Partido del Trabajo (PT), Movimiento Naranja (MC) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) busca mejorar las condiciones laborales de las y los mexicanos, al mismo tiempo que pretende igualar a México con países que cuentan con mayor calidad de vida y prestaciones amplias para los trabajadores.
Es en este sentido que los integrantes de las comisiones de Trabajo y de Estudios Legislativos Segunda de la Cámara Alta analizarán en los próximos días el contenido de la propuesta de reforma que principalmente busca para ampliar el mínimo de vacaciones para el sector privado, pasando de 6 a 10-18 días al año de descanso pagado obligatorio.
Habrán más días de vacaciones al año para los trabajadores
Cómo se mencionó, esta nueva iniciativa deberá ser discutida por el Senado el próximo martes 27 de septiembre; y si bien se enfoca principalmente en el tema de la ampliación del período vacacional, también presenta otras propuestas de mejora en las prestaciones laborales.
En términos de jornadas vacacionales de las y los trabajadores, luego de 50 años de permanecer bajo la misma ley, se discutirá si el período vacacional mínimo que debe tener un trabajador en su primer año de servicio se amplia de 6 a 12 días. Asimismo se busca ampliar los permisos de paternidad a 20 días, y reducir la jornada laboral de 8 a 7 horas.
La propuesta defendida principalmente por una senadora morenista, Bertha Caraveo, propone modificar también el artículo 61 de la Ley Federal del trabajo, para establecer lo siguiente: “La duración máxima de la jornada será: siete horas, la diurna; seis horas, la nocturna y seis y media horas la mixta”.
Finalmente, la senadora de Morena también encabeza el impulso a una reforma al Artículo 132 para que las y los jefes tengan la obligación de “otorgar permiso de paternidad de veinte días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijas o hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante”.
Cuántas vacaciones te tocan por año trabajado
Mientras se aprueba el proyecto ‘Vacaciones Dignas’ en el pleno del Senado, la Ley Federal del trabajo establece cuántos son los días de descanso obligatorio pagado que corresponden por cada año trabajado. Te contamos cuántos te corresponden y cómo cobrarlos:
Las vacaciones son el período de descanso que todos los trabajadores esperan cada año, es la forma de lograr un respiro en la rutina laboral y fomentar la convivencia familiar.
Determinar cuánto corresponde de vacaciones por el primer año trabajado o cuántos días de vacaciones, le tocan a un trabajador por ley son algunas de las preguntas más frecuentes que suelen realizar los trabajadores.
A continuación, te explicaremos como se establecen los días de vacaciones.
El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo nos indica claramente cómo es que se otorgan las vacaciones en el trabajo.
De conformidad con la Ley Federal del Trabajo. – Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Lo anterior se ejemplifica de la siguiente forma:
Año 1: 6 días
Año 2: 8 días
Año 3: 10 días
Año 4: 12 días
De 5 a 9 años: 14 días
De 10 a 14 años: 16 días
De 15 a 19 años: 18 días
De 20 a 24 años: 20 días
De 25 a 29 años: 22 días
De 30 a 34 años: 24 días.
Es decir, si un trabajador laboro todo un año, tiene derecho al pago de vacaciones, esto es, si ingreso el 1 de enero de 2016 el derecho se genera hasta el 1 de enero de 2017, y de conformidad Artículo 81 de la Legislación laboral, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
Por lo que hace a los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.
Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario que comúnmente perciben los trabajadores durante los días que disfrute las vacaciones.
Adicionalmente se le deberá cubrir al trabajador una prima vacacional equivalente a un veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.
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