Las leyes en México permiten que haya una gran cantidad de propaganda política disfrazada de publicidad. Diputados, senadores, alcaldes, gobernadores y casi cualquier funcionario público que aspire a otro cargo puede brincarse los tiempos electorales y promover su imagen sin violar las reglas.
Portadas de revistas, entrevistas en medios que se anuncian en espectaculares, publicaciones de libros o participaciones en conferencias o eventos con grandes cantidades de publicidad son algunas de las opciones que aprovechan los políticos que su rostro y logros sean promocionados.
Si bien, resulta bastante notorio identificar a un funcionario que aspira a un nuevo cargo por su repentina aparición en espectaculares o videos en redes sociales, no se le puede señalar por actos adelantados de campaña, debido a que, técnicamente, no incitan explícitamente al voto.
Marketing político: Cuando los funcionarios disfrazan propaganda como publicidad
Hay muchas leyes que regulan la publicidad electoral, los más importantes son el artículo 134 de la Constitución Mexicana el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y el Reglamento de Fiscalización del INE.
El más claro y directo de todos es el artículo 134 constitucional, que establece que la propaganda gubernamental, pagada con recursos públicos, no puede hacer promoción de una persona o partido político en particular.
Sin embargo, no se hace mención a que los funcionarios no puedan usar dinero y plataformas privadas para promocionarse. Regular este tipo de casos ya corresponde a las autoridades electorales.
Para esto, de manera coloquial o no tan institucionalizada, hay también una división. Por un lado, está el marketing político, en el que entra la publicidad en espectaculares o los libros escritos por funcionarios, y por el otro está la propaganda electoral, la cual sí está bastante regulada.
La publicidad política no está prohibida. Todos tienen derecho a promover su imagen y logros, siempre y cuando no sean tiempos electorales, se llame a votar por una persona o partido o se gasten recursos públicos.
En cambio, la propaganda electoral, que sí está destinada a buscar el voto de la gente de manera directa, está monitoreada de manera permanente y las autoridades pueden investigar, fiscalizar, sancionar y ordenar que sea retirada si incumple las reglas.
Sin embargo, hay muchos casos en los que políticos que aspiran a otros cargos que utilizan la publicidad privada para promoverse de manera muy evidente.
Es común que alcaldes o diputados que aspiran a ser gobernadores den entrevistas en revistas o periódicos y estas aparezcan en las portadas y se anuncien en espectaculares repartidos por todo el estado.
Los políticos pueden argumentar que la entrevista no tuvo costo. Que aunque su cara aparezca en la portada de la revista y en espectaculares, la decisión fue totalmente del grupo editorial del medio y que no gastó recursos públicos ni llamó a votar por él o ella o su partido, por lo tanto, no violó la ley.
Y, en cierto modo, tiene razón. Aunque la intención de promoverse puede resultar muy clara. Mientras no se salga de las reglas establecidas, puede librar cualquier sanción.
Así ha pasado por muchos años en el país. Hubo un tiempo en que varios políticos publicaban libros sobre temas y proyectos de gobierno que fueron señalados de ser propaganda electoral.
Los libros de Andrés Manuel López Obrador, Alejandra Barrales, José Antonio Meade, Ricardo Monreal, Salomón Chertorivski, Josefina Vázquez Mota, Ricardo Anaya y muchos otros han sacado libros en vísperas de tiempos electorales, pero al no llamar directamente a votar por ellos, no se toman como propaganda electoral y pueden utilizar publicidad para promoverlos. En la mayoría de los casos, la portada es una foto suya.
Lo mismo ocurre con las entrevistas. Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno o Enrique Vargas del Vilar, diputado local del PAN, que son ejemplos recientes, han dado entrevistas a múltiples medios, tanto nacionales como extranjeros, para hablar de sus logros.
Y aunque estas se promocionan en redes sociales o espectaculares, no se consideran actos anticipados de campaña porque no se gastan recursos públicos ni se pide el voto de la gente; aunque, nuevamente, se sabe públicamente que ambos aspiran a otros cargos y promover su imagen está entre sus prioridades.
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