El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer modificaciones para el Comprobante Fiscal Digital por Internet, conocido como CFDI.
La actualización forma parte de la versión 4.0 que debe incluir el nombre y domicilio fiscal de quien emite y recibe la factura.
Este cambio entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022 por lo que aquí explicamos más de las nuevas características que debe tener el CFDI.
Qué es la factura CFDI
La factura CFDI es un archivo electrónico en formato PDF y también XML. Estos son los archivos que debes descargar de la página del SAT o al facturar.
Es importante explicar que hay 6 tipos de CFDI, estos son:
- Comprobante de ingreso.
- Comprobante de egreso.
- Comprobante de traslado.
- Comprobante de recepción de pagos.
- Comprobante de nómina.
- Comprobante de retenciones.
El primero puede realizarse por prestación de servicios, arrendamiento, honorarios o donativos que se hayan recibido.
Otro de los más comunes es el CFDI por nómina que es el generado por la empresa donde trabajas y debes recibirlo cada quincena o cada mes, según sea tu contrato y pago.
En él se detallan las cuotas destinadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Infonavit y otras deducciones.
También los que debes enviar en caso de que estés registrado en un trabajo por honorarios. La razón es que el archivo en XML contiene la misma información que el PDF y ambos deben coincidir.
Cambios en el CFDI
La versión 4.0 del CFDI será obligatoria a partir del 1 de mayo de 2022 por los tres meses de plazo que da el SAT. Estos son los cambios:
- Incluye código postal del domicilio fiscal.
- Obliga al uso correcto de la factura emitida.
- Aparecerá el nombre de la empresa y también de la persona.
- Deberá indicar qué tipo de impuestos se pagaron y cuándo.
- Domicilio fiscal de la persona a quien le hacen la retención de impuestos.
Ahora hay dos nuevos regímenes fiscales: Régimen Simplificado de Confianza para Personas Físicas y Régimen Simplificado de Confianza para Personas Morales.
El primero permitirá un límite de ingresos de 3.5 millones de pesos al año y se basará en los ingresos de ventas que hagan los contribuyentes.
El segundo tendrá como obligatorio que las personas morales tengan ingresos de hasta 35 millones de pesos al año.
En caso de que no se haga la actualización a la versión 4.0 de este CFDI, la factura no será deducible y, por lo tanto, no podrá utilizarse.
De ser así, los CFDI solo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expide esta factura acepte su cancelación.
Si tienes dudas de tu factura CFDI y de cómo debe ser la correcta, puedes consultar esta página del SAT: https://verificacfdi.facturaelectronica.sat.gob.mx/.
Te puede interesar:
¿No tienes RFC?, el SAT te podría multar por hasta más de 11 mil pesos en 2022
Cómo saber si fuiste ganador del Sorteo del Buen Fin del SAT