DATANOTICIAS
  • Política y Seguridad
  • Opinión
  • Tendencias
  • Login
No Result
View All Result
  • Política y Seguridad
  • Opinión
  • Tendencias
No Result
View All Result
No Result
View All Result

Reparto de utilidades: cómo saber cuánto te corresponde

Elvia Solano by Elvia Solano
abril 27, 2021
in CDMX y EDOMEX

El reparto de utilidades es un derecho de las y los trabajadores, a continuación, te compartimos la información sobre cómo se calcula la parte que te corresponde.

Este pago de las empresas o patrones a sus trabajadores se entrega cada año como una retribución a su esfuerzo productivo.

Pero participar de las ganancias del lugar en el que trabajas, también es un derecho garantizado por la Constitución en el artículo 123, ya que con tu trabajo contribuyes para obtenerlas.

Asimismo, representa una obligación para las empresas o patrones a partir de su segundo año de operaciones y deben entregarlas dentro de los 60 días después de presentar su declaración anual. 

En caso de que tu empleador sea una persona moral, la fecha límite será el 30 de mayo; y si es persona física, el 29 de junio.

También es importante mencionar que los empleadores deben entregarte una copia de la declaración anual dentro de 10 días contados a partir de la fecha en que se presentó.

En caso de que tu empleador no te entregue lo que te corresponde del reparto de utilidades, la PROFEDET brinda asesoría gratis (foto: www.gob.mx).

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?

Todos los trabajadores que presten un trabajo personal subordinado a una persona física o moral, es decir, todos aquellos que perciben un salario.

También tienen derecho quienes hayan trabajado al menos 60 días en la empresa o patrón, aun los empleados temporales y extrabajadores.

En cualquier caso, tienes hasta un año, después de que que se genere la obligación, para solicitar a tu empleador el pago del reparto de utilidades.

No aplica en los siguientes casos: trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado.

Las empresas que están exentas del reparto de utilidades son: las que se encuentren en su primer año de operación, las de la industria extractiva, instituciones de asistencia privada y las que tengan un capital menor al que fije la STPS.

A partir del 2022, el monto mínimo del reparto de las utilidades para cada trabajador será de 90 días (foto: www.gob.mx).

Así se calcula el reparto de utilidades

De acuerdo con información del Sistema de Administración Tributaria (SAT), una vez que se determina el monto total de las utilidades de la empresa, el 10% se divide en dos partes iguales.

Una parte corresponde a las y los trabajadores de la empresa, de acuerdo a los días devengados (trabajados) en un año, sin importar el salario.

La otra parte se divide de manera proporcional entre las personas, de acuerdo a su salario anual.

Además, es importante señalar que el salario que se toma como base para el cálculo corresponde a la cuota diaria, si es variable, la base será el sueldo promedio.

Para los trabajadores de confianza, se toma como base el salario más alto del personal sindicalizado, al cual se le agrega un 20%.

También tienes que saber que en el cálculo de los días trabajados no se descuentan los descansos otorgados por ley (vacaciones, incapacidades, permisos u otros).

Te puede interesar: SAT: así puedes obtener tu RFC por internet solo con tu CURP o Así puedes corregir datos de tu acta de nacimiento por internet

Tags: cómo calcular utilidadescuándo es el reparto de utilidadesreforma outsourcing 2021reparto de utilidadesUtilidadesutilidades 2021

Elvia Solano

Egresada de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales UNAM | Genero información útil para la ciudadanía en la CDMX y Edomex | ¿Tienes dudas sobre algún trámite o apoyo del gobierno? Escríbeme a

Next Post

Vacuna Covid: cuándo y cómo registrarte si tienes entre 50 y 59 años

  • Quiénes somos
  • Política de Privacidad
  • Ventas

Derechos Reservados. Datanoticias, 2025

No Result
View All Result
  • Política y Seguridad
  • CDMX y EDOMEX
  • Opinión
  • Tendencias
  • Becas, Cursos & Apoyos
  • ¿Quiénes somos?
  • Tendencias
  • Opinión

Derechos Reservados. Datanoticias, 2025

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In