En redes sociales y medios de comunicación es común ver el rostro de presuntos criminales difuminado, pixeleado o simplemente censurado, incluso cuando se trata de delincuentes que ya fueron detenidos.
Con justificación, los usuarios de noticias se enojan de que se les tape la cara y este reclamo se reavivó recientemente con la revelación de las supuestas identidades de tres ladrones que atracaron una combi en Chalco la noche de lunes 5 de agosto. Más enojo causó, porque en el video los delincuentes exigen al chofer apagar las luces, para que nadie los identifique.
Internautas buscaron los rostros de estos asaltantes y dieron con cuentas de Facebook de personas con un gran parecido. Tomaron esos perfiles y los difundieron en redes sociales.
Medios de comunicación recuperaron esa información y la presentaron al público, pero ocultando el rostro de los sospechosos, así lo hizo también este medio digital.
Lectores de Datanoticias se mostraron confundidos al respecto y preguntaron por qué se oculta la cara a estos sujetos.
La respuesta a estas dudas recae en los cambios hechos en 2016 en el Sistema de Justicia Penal vigente en nuestro país.
Las leyes mexicanas señalan que cualquier detenido o señalado de algún crimen es inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Todo acusado de algún delito cometido en nuestro país tiene derechos y garantías que protegen su presunción de inocencia. Una de ellas es la protección de su identidad física y de nombre.
Por esta misma razón, es por lo que comúnmente se le añade el característico ‘N’ al nombre de pila del sospechoso.
Estos derechos aplican para cualquier señalado de un crimen, desde el desconocido asaltante hasta el mediático exgobernador Javier Duarte.
Las autoridades están obligadas a demostrar con pruebas aquellos crímenes imputados a los sospechosos, antes de acusarlos públicamente con nombre completo y fotografía de delincuentes. Es parte del debido proceso al que todos tenemos derecho para que los medios y la gente no nos juzguen culpables antes de evaluar todas las pruebas. Es por esta razón que se insiste tanto en que haya denuncias formales, porque los videos no son suficientes, a menos que la persona sea detenida infraganti, por acciones mostradas en esos videos.
Si los derechos del ” debido proceso” son quebrantados por las autoridades, por ejemplo exponiendo por completo la identidad del acusado, los detenidos pueden denunciar que sus garantías han sido violentadas y por tanto se puede cancelar cualquier intento de someterlo a juicio. Esto no sólo ocurre en México, sino en todos los países occidentales, destacadamente Estados Unidos y Europa. Es la única garantía que los verdaderamente inocentes tienen de que aún si la sociedad y los medios, o incluso el gobierno, están en su contra, recibirán un juicio justo.
Si un medio de comunicación no respeta esta presunción de inocencia, podría ser demandado por los afectados. Sobre todo si, al final, no se prueba en tribunales la culpabilidad del señalado.
En el caso de medios de comunicación, el ocultamiento de rasgos específicos de los criminales se debe también a la ética profesional y periodística. Los medios tienen la función de investigar y dar a conocer los hechos con información corroborada por fuentes oficiales o documentación acreditada. De lo contrario, podríamos poner en riesgo vidas de personas inocentes.
¿Qué pasaría si la imagen de una persona acusada de cualquier delito fuera difundida a nivel nacional y tras un juicio resulta ser inocente? Entonces, con toda razón, este sujeto podría demandar por difamación a quienes lo hayan catalogado como un criminal.
Sin embargo, sí hay casos en donde el rostro de los presuntos culpables si puede ser publicado sin ninguna clase de alteración.
Una forma es cuando son las autoridades quienes dan a conocer la identidad de los sujetos en cuestión, en ese momento pasan de ser sospechosos a criminales. Y se difunde su imagen para dar con ellos.
Otro caso es cuando el rostro del individuo es captado por cámaras en el momento del crimen. Ya que es una prueba contundente de los hechos.
En el caso de los sujetos que asaltaron la combi: las caras que fueron grabadas en el momento del robo sí se pueden presentar sin ninguna clase de pixeleado. Pero las fotografías de los supuestos perfiles de Facebook deben estar con el rostro oculto, ya que las autoridades aún no hacen oficial que se trate de los mismos sujetos. Sin duda se parecen, pero no hay certeza absoluta; la similitud fotográfica no es prueba suficiente, pues podría tratarse también de inocentes con rasgos similares.
Los medios, y la gente, ya han cometido errores antes. Personas inocentes han sido linchadas, confundidas con criminales, y periódicos han difundido en primera plana fotos de supuestos líderes de cárteles que eran en realidad personas normales.
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