La difusión sin consentimiento de fotos o vídeos íntimos en redes sociales o en medios de comunicación entra dentro del concepto de ‘violencia digital’. Este tipo de violencia, en donde se vulnera la intimidad de una persona y por consiguiente, sus derechos, causa daños a la dignidad, la integridad y/o la seguridad y, tiene impacto en los cuerpos y las vidas de las víctimas.
Algunos medios que utilizan los agresores para vulnerar los derechos o ejercer violencia digital o ‘ciberviolencia’ pueden ser: redes sociales, mensajes de texto, chats privados o en grupos, páginas web, mails, etc., incluso hacen uso de plataformas que permiten publicaciones anónimas para no ser descubiertos o en algunos casos, lo realizan mediante perfiles falsos.
Es importante que si esto te sucede, o intentan chantajear o manipularte con hacerlo, lo primero que debes saber es que hay leyes a nivel federal (Ley Olimpia) que te protegen y puedes denunciar.
Si publicaron tus fotos o videos íntimos puedes hacer lo siguiente:
- Guardar la evidencia del acoso, publicaciones o amenazas que recibiste para poder iniciar el proceso de denuncia. Esto puede incluir: capturas de pantalla o links de los mensajes, perfiles, publicaciones, etc., que hayan difundido o compartido el material.
- Denunciar o reportar la publicación y los perfiles a través de la red social en la cual se compartieron las fotos o vídeos. Incluso puedes pedir a tus contactos que también denuncien para ayudar a que las plataformas detecten una gran cantidad de reportes y se pueda proceder más rápido.
- Bloquea los usuarios o perfiles que te amenacen o hayan compartido las fotografías o videos. También coloca seguridad en tu perfil, publicaciones y fotografías; esto con el fin de que ya no puedan acceder a más material y sigan difundiendo. Consulta: Uso seguro de las redes sociales
- Si así lo deseas, puedes iniciar un proceso de denuncia ante el Ministerio Público o la Policía Cibernética.
Puedes comunicarte con la Policía Cibernética al correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 5242 5100 ext. 5086 y posteriormente acudir a presentar la denuncia ante cualquier agente del Ministerio Público.
También puedes solicitar ayuda ante la Comisión Nacional de Seguridad al teléfono 088, la cuenta de Facebook @AtencionCiudadana088, al correo [email protected] o la Aplicación PF Móvil.
¿Qué es la Ley Olimpia?
Esta ley surge a raíz de la difusión sin consentimiento de un video de contenido sexual de una mujer en el estado de Puebla. Y fue gracias a una serie de iniciativas y reformas que en 2021 se aprobó a nivel federal la ‘Ley Olimpia’.
Las reformas establecidas en la Ley Olimpia protegen tanto a hombres como mujeres y tienen como finalidad reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y/o redes sociales.
Son condenadas por la Ley Olimpia las siguientes conductas:
- Grabar en video o audio, fotografiar o elaborar vídeos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
- Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.
Sanciones por difundir fotos o videos sin consentimiento
A nivel federal se ha tipificado el delito de violencia digital y quien lo cometa podrá ser acreedor de 3 a 6 años de prisión, además de una multa de 500 a mil unidades de medida o su actualización anual correspondiente.
Consulta: ¿Qué es una unidad de medida o UMA?
En la Ciudad de México: quien cometa violencia digital recibirá una sanción de 4 a 6 años de prisión, además de una multa de 500 a 1000 unidades de medida.
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