En México todos los trabajadores formales tienen derecho a un servicio de seguridad social (IMSS o ISSSTE) que les permita tener acceso a atención y seguimiento médico, sin embargo, existen algunas empresas que ofrecen prestaciones superiores a la ley y entre esto se encuentra el Seguro de Gastos Médicos Mayores (SGMM); aunque este tipo de seguro puede ser contratado por cualquier persona interesada.
Este tipo de seguros debería ser imprescindible para todos los mexicanos puesto que es la única manera en que una persona puede estar protegida ante el riesgo de sufrir alguna enfermedad, accidente o amortiguar los gastos no contemplados en cuanto a salud se refiere.
Las pólizas que otorgan los SGMM cubren una amplia gama de padecimientos y emergencias médicas, pero, la duda de muchos es, ¿mi seguro cubre cirugías estéticas?.
De acuerdo con la Universidad Autónoma de México (UNAM), México ocupa el tercer lugar a nivel mundial en cuanto a cirugías estéticas realizadas en el 2021, solo después de Estados Unidos y Brasil, estas prácticas cada vez son más comunes.
Pero, aunque emociona el hecho de realizarse una cirugía estética pagando solo el deducible de tu SGMM, la realidad es que casi ninguno contempla este tipo de intervenciones ya que el objetivo principal de estos seguros es preservar la salud y vida del asegurado; y aunque esto está claramente estipulado en sus pólizas, existen excepciones, como aquellas cuando la cirugía es necesaria para la salud del asegurado.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), te recomienda usar el sitio “Ahorra seguros.mx”, en donde podrás consultar las principales coberturas y seguros que incluyen las cirugías estéticas.
¿Cuáles son las cirugías estéticas que cubre un seguro?
- Cirugías estéticas por accidentes o padecimientos.
Uno de los casos en que los seguros dan cobertura a procedimientos estéticos, es cuando se trata de cirugías reconstructivas, en este caso el paciente la requiere porque debido a un accidente o enfermedad, su salud se ve afectada considerablemente, así como su apariencia física.
Esto aplica para incendios, quemaduras, accidentes laborales, accidentes automovilísticos, entre otros; sin embargo, deberás consultar con la aseguradora los términos de tu póliza y coberturas; entre las que pueden incluir están: reconstrucción de tejidos, corrección de cicatrices, reconstrucción de miembros y reducción de senos, en caso de que esto esté causando problemas físicos y de salud.
- Rinoplastia.
Esta es una cirugía de nariz que se realiza en pacientes que desean cambiarla en forma y tamaño por razones estéticas, sin embargo, en algunas personas esta cirugía es necesaria para preservar la salud, debido a que tienen el tabique desviado o alguna malformación que impide el paso del aire y les cuesta trabajo respirar.
Una cirugía de este tipo puede llegar a costar más de 30 mil pesos, si te apoyas de un seguro, podrías ahorrar una suma considerable de dinero, más del 50%.
- Cirugía bariátrica.
Esta cirugía se refiere al procedimiento en donde el estómago se reduce para lograr perder peso, aunque especialistas aseguran que es un procedimiento estético, en muchos casos esto está ligado a cuestiones de salud, por ejemplo: en la obesidad mórbida, es necesaria la intervención.
Algunos requisitos para este procedimiento son: tener 4 años de antigüedad, pagar el deducible y el coaseguro, comprobar que la obesidad o sobrepeso se debe a alguna enfermedad.
- Otras cirugías.
Algunas aseguradoras amplían sus coberturas a otros procedimientos para que resulten atractivos a los asegurados, entre estas se encuentran: ortodoncia por accidentes, dermatología y oftalmología.
Cirugías plásticas en el IMSS o ISSSTE
Al ser un trabajador afiliado a cualquiera de los dos institutos cuentas con servicios de salud en casos de enfermedad general y tienes derechos a servicios de cirugía, hospitalarios, rehabilitación y de farmacia, lo anterior para garantizar la prevención y curación de las enfermedades que tengas, sin embargo, las cirugías estéticas no están contempladas en tu plan de seguridad social.
Las excepciones aplicables son las mismas que en los SGMM y se pueden realizar siempre y cuando sean con el objetivo principal de salvaguardar la salud y vida del derechohabiente.
Recomendaciones
La CONDUSEF te recomienda que:
- Antes de decidir, compara opciones de SGMM.
- El mejor seguro para contratar es el que cubre tus necesidades y está dentro de tu presupuesto.
- Lee bien las letras chiquitas y firma solamente cuando estés seguro y conforme con todo lo que se ofrece.
- El artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, te otorga un lapso de 30 días para presentar inconformidades y/o solicitar cancelación.
- El Buró de Entidades Financieras te ayudará a comparar las opiniones de otros contratantes, reclamaciones, calificaciones y hasta sanciones, para que así estés seguro de tomar la mejor decisión.
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