Llegaron las vacaciones de fin de año y con ellas un incremento en accidentes en hoteles, centros comerciales y otros lugares de entretenimiento.
Resbalones, caídas, quemaduras, accidentes viales, entre otros accidentes están a la orden del día y para ello, las empresas cuentan con un seguro para cubrir los gastos médicos y evitar demandas millonarias.
Sin embargo, estos seguros, llamados de Responsabilidad Civil, tienen sus limitaciones y definen con mucha precisión las situaciones en las que sí y en las que no está obligada la empresa a remunerar a los clientes o huéspedes accidentados.
Por ejemplo, si en el centro comercial un trabajador de limpieza derramó líquido en el piso y eso causó la caída de una persona que sufrió fracturas, entonces el seguro sí tiene que hacerse cargo de pagar los gastos médicos.
Pero si estas en un hotel cerca de la playa y decides hacer un viaje en lancha con una persona que no trabaja con la empresa y sufres un accidente en el mar, entonces el hotel no está obligado a indemnizar.
Lo anterior, porque contrataste esa actividad turística con un agente externo del hotel y la protección del seguro solamente aplica cuando ocupas los servicios exclusivos del lugar donde te hospedas.
Si la lancha en la que te subiste es propiedad del hotel y el operador es empleado, entonces sí puedes cobrar un seguro, porque la actividad la ofrece la empresa.
Ahora bien, otro aspecto por el que puedes demandar a la empresa es por intoxicación por alimentos consumidos en restaurantes dentro del lugar.
En los centros comerciales puedes hacerlo mediante la plaza o del establecimiento específico, un abogado te puede asesorar para saber quién debe responder por los daños.
Con los hoteles es algo similar, si el lugar cuenta con su propia cocina entonces la administración debe hacerse cargo.
Pero en caso de que haya un restaurante dentro del hotel, entonces la responsabilidad puede cambiar a la gerencia de este.
En caso de una explosión, se deben determinar las causas del siniestro. Si se originó por una falla en la instalación eléctrica o fuga de gas, entonces la empresa debe hacerse responsable.
En el supuesto de que el cliente o el huésped causó el fuego con una colilla de cigarrillo encendida, por ejemplo, entonces él debe pagar por los daños causados en la habitación o el espacio afectado.
En cuestión de robos la situación es un poco compleja, pues los seguros de los hoteles pueden cubrir determinados casos. Por ejemplo, cuando se comprueba que un empleado hurtó los objetos de un huésped, claro que con ciertas exclusiones.
Pero si el ladrón es otro huésped y la víctima dejó sus objetos de valor sin ningún cuidado o no cerró la puerta de su habitación, entonces el hotel no es responsable y se trata de un asunto para la policía.
Esto podemos ligarlo a la situación de los asaltos en inmediaciones centros comerciales. Si el cliente es víctima de un robo y comprueba que la ineficiencia de la seguridad de la plaza fue un factor que propició el delito, sí puede demandar.
Lo que puede excluir una indemnización a la víctima es la lejanía en que ocurrió el robo, por ejemplo si fue una calle más adelante de la entrada o si la persona afectada no fue cliente de la plaza momentos antes.
Lo mejor que una persona accidentada, o los familiares de ella, puede hacer en caso de un incidente dentro de un hotel, centro comercial o lugar de entretenimiento es tomar toda la evidencia posible,
Si se trató de una caída causada por un piso resbaloso, hay que tomar fotografías y videos del líquido en el suelo y pedir a testigos que esperen a que lleguen las autoridades para corroborar los hechos.
En caso de que te intoxiques, acude al médico y guarda todos los documentos, como diagnósticos y recetas que te entreguen. Si es posible, incluso una muestra de la comida del lugar.
Para proceder a una demanda tienes que contratar a un abogado para llevar el caso, ya que estos procesos suelen ser largos y muy técnicos.