Registrar una marca es un paso esencial para proteger la identidad comercial en un mercado competitivo. Una marca va más allá de ser un símbolo visual, pues representa los valores y la calidad de una empresa. Sin el registro, terceros pueden aprovecharla con fines lucrativos. A través del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), el registro de marca asegura exclusividad y legalidad, salvaguardando la esencia única de un negocio en el panorama empresarial.
¿Quienes pueden registrar marcas?
De acuerdo con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en su Título Cuarto que aborda lo relacionado con Marcas, Avisos y Nombres Comerciales, el Artículo 170 establece que cualquier persona, ya sea física o jurídica, tiene la facultad de utilizar marcas en la industria, el comercio o en los servicios que brinde.
Persona física:
La capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; pero desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el presente Código.
En términos sencillos, una persona física es un ser humano que disfruta de todos sus derechos desde su nacimiento y, aún más, desde su concepción a partir de las 12 semanas de gestación. Esta persona puede actuar libremente, realizando todo lo que la norma no le prohíbe. Ejerce su libertad jurídica sin afectar la esfera legal de otras personas.
Persona moral:
Por otro lado, las personas morales, en palabras llanas, son un constructo jurídico. También gozan de derechos y una personalidad jurídica similar a la de una persona física. Sin embargo, estas están representadas por personas físicas y, como establece la norma, tienen un fin concreto. Es decir, pueden ser una asociación religiosa que se dedica exclusivamente a la divulgación religiosa, un comerciante que se especializa en la fabricación y venta de productos, una empresa, una asociación, etc.
Las personas morales son sociedades o asociaciones que tienen la limitante de dedicarse únicamente a aquello para lo que fueron constituidas. Además, nacen con una duración definida para el ejercicio de su objeto social, es decir, la actividad a la que se dedican, y se identifican mediante una denominación social, es decir, su nombre.
Por ejemplo, “Rápidos de México Sociedad Anónima de Capital Variable” o sus siglas “S.A. de C.V.“, corresponde a una empresa de autotransportes que se especializa en el transporte de personas. Esta empresa cuenta con un acta constitutiva del año 1980 y tiene una duración de ejercicio de su objeto social de 99 años.
Así es como se constituye una sociedad, que en otras palabras, es una empresa. Esta puede variar en tamaño, siendo micro, mediana o grande. La diferencia entre una empresa constituida y asociaciones informales radica en que las primeras también gozan de derechos, obligaciones y protección legal para sus derechos. Por eso, la constitución de una persona moral es de gran importancia. Este tema podría extenderse en otro contexto.
Diferencias entre “marca”, “patente” y “derechos de autor”
El derecho de autor protege obras creativas publicadas, realizadas o impresas. Las personas que producen trabajos artísticos o musicales buscan resguardar su derecho a evitar que otros copien su producción. La protección del derecho de autor abarca obras creativas originales de autores, tales como:
- Obras de arte (bidimensionales o tridimensionales).
- Fotografías, dibujos, diseños y otras formas de creatividad.
- Canciones, música y grabaciones de sonidos de todo tipo.
- Libros, manuscritos, publicaciones y otras obras escritas.
- Obras de teatro, películas, espectáculos y otras manifestaciones escénicas.
Las marcas, las patentes y el derecho de autor son ejemplos de formas de proteger la propiedad intelectual. La capacidad de controlar y beneficiarse de los propios esfuerzos es cada vez más crucial en nuestra economía global. Registrar una reclamación formal de la propiedad es un paso crítico para su protección.
Las marcas y patentes se registran en el IMPI, mientras que los derechos de autor se registran en el INDAUTOR. Aunque los procedimientos son similares, se trata de instituciones distintas. Además, el período de protección de una obra puede ser de hasta 99 años y llega a su fin; a diferencia de las marcas, cuyo período es más corto, 10 años, pero renovable; y de las patentes, que no se renuevan y tienen un lapso de explotación de 15 años.
¿Qué tipo de cosas pueden y no se pueden registrar como marca?
El Artículo 172 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial indica que pueden constituir una marca los siguientes signos:
- Las denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores, así como los hologramas.
- Las formas tridimensionales.
- Los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales, siempre que no queden comprendidos en el artículo siguiente.
- El nombre propio de una persona física, siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado.
- Los sonidos.
- Los olores.
- La pluralidad de elementos operativos o de imagen, incluidos, entre otros, el tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque, decoración o cualquier otro que al combinarse, distingan productos o servicios en el mercado.
- La combinación de los signos enunciados en las fracciones I a VI del presente artículo.
Mientras que el Artículo 173 indica que NO serán registrables como marca:
- Los nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios que pretenden distinguirse con la marca, así como aquellas palabras, denominaciones, frases, o elementos figurativos que, en el lenguaje corriente o en las prácticas comerciales, se hayan convertido en elementos usuales o genéricos de los mismos; así como aquéllas que carezcan de distintividad.
- Las formas tridimensionales o diseños industriales que sean del dominio público o que se hayan hecho de uso común o aquéllas que carezcan de distintividad; así como la forma usual y corriente de los productos, o la impuesta por su naturaleza o funcionalidad.
- Los hologramas que sean del dominio público y aquéllos que carezcan de distintividad.
- Los signos que considerando el conjunto de sus características sean descriptivos de los productos o servicios que pretenden distinguir. Quedan incluidos en este supuesto, los signos que en el comercio sirvan para designar la especie, calidad, cantidad, composición, destino, valor, lugar de origen o la época de producción de los productos o servicios.
- Las letras, los dígitos o su nombre, así como los colores aislados, a menos que estén combinados o acompañados de otros signos que les den un carácter distintivo.
- La traducción, la transliteración, la variación ortográfica caprichosa o la construcción artificial de palabras no registrables.
*Aquí solo vienen seis ejemplos pero el artículo contempla veintidós
¿Antes de registrar una marca debo de estar registrado o dado de alta en otro lugar?
Debes de estar dado de alta en el SAT y tener tu constancia de situación fiscal, puedes darte de alta en la página de manera presencial utilizando los datos que se encuentran en ella. Además, es necesario contar con la firma electrónica para poder efectuar el pago correspondiente ante el IMPI. Al generar la orden de pago, deberás realizarla utilizando dicha firma. En caso de no tenerla, te solicitarán que la tramites. Esta regla aplica tanto para personas físicas como para personas morales.
¿Qué documentos son esenciales para registrar una marca?
- Solicitud de Protección de Signos Distintivos A o B (según sea el caso)
- Hoja adicional complementaria al punto “Datos generales de las personas”
- Comprobante de pago
- Documento que acredita la personalidad del mandatario
- Reglas de uso, solo si el signo distintivo se presenta por más de un solicitante (cotitularidad)
- Traducción de los documentos presentados en idioma distinto al español, en su caso
- Legalización o apostilla de los documentos anexos provenientes del extranjero, en su caso
- Otros, por ejemplo, carta consentimiento o documentos que acrediten la adquisición de un carácter distintivo derivado del uso en el comercio. Original o copia certificada
*Hay otros documentos que solicitan de manera opcional, al igual que documentos extras en caso de ser más de 2 solicitantes quienes harán el registro, puedes consultarlos en la página “Solicitud de registro de marca ante el IMPI”, donde también encontrarás los formatos de los primeros 2 puntos.
¿Puedo registrar una marca en conjunto con otras personas o empresas?
También es posible realizar este proceso, ya que elI MPI cuentan con una sección específica para abordar esta situación en particular, el cual cuenta también su hoja de formato que puedes consultar en “Solicitud de registro de marca colectiva ante el IMPI”
¿Cuánto tiempo dura el proceso para registrar una marca?
Si se cuentan con los documentos que se solicitan a mano, el proceso deregistro de marca no debería ser demasiado tardado; generalmente toma un par de semanas. Lo que más tiempo consume es la revisión que se realiza al momento del registro. En el IMPI, el tiempo de revisión varía, y en promedio puede durar alrededor de tres semanas después de haber realizado el pago y haber presentado la solicitud de registro.
En caso de que falte documentación, la duración dependerá de cada caso. Si eres una persona física y te falta algún requisito, como lo relacionado con el SAT, esto podría añadir dos semanas adicionales al proceso. Si estás en la etapa inicial de establecer tu sociedad mercantil, esta se lleva a cabo ante un notario público, y todo el proceso formal podría tomar alrededor de 3 o 4 semanas.
En promedio, podría llevar entre uno y dos meses tener tu registro. No obstante, la protección comienza en cuanto el IMPI emita la resolución de registro.
Costos
En IMPI
Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título. (el costo no incluye IVA) $2,457.79 mxn a fecha de la realización de esta nota.
Asesoramiento o intermediarios
Generalmente el costo va relacionado al tiempo que requiere y tipo de trámite solicitado. Por ejemplo:
La presentación para la solicitud de marca iría de los $3,000 a los $15,000
La renovación de una marca entre $6,000 a $10,000
*Estos son costos solo de referencia por lo que pueden variar según el despacho o abogado consultado y también van en relación cada marca, la complejidad etc.
Al estar registrada la marca ¿de qué me protege?
El registro de tu marca la convierte automáticamente en un activo intangible para tu empresa. Esto posibilita que su protección se extienda a lo largo de todo el territorio nacional. Además, te otorga, como empresario o productor, el derecho a utilizar los símbolos “R” (Registrada) o “MR” (Marca Registrada). Asimismo, te brinda la posibilidad de otorgar Licencias de Uso de Marca o, alternativamente, de tener la capacidad de cobrar regalías a aquellos a quienes les permitas su utilización.
Además, dicho registro proporciona salvaguardia contra el uso indebido de una marca, como podría ser la utilización de colores, dibujos u otros rasgos similares por parte de otro productor o proveedor de servicios, con el propósito de inducir al comprador al error y llevarlo a adquirir su marca con la falsa percepción de estar adquiriendo otra.
¿Cuánto tiempo quedará protegida mi marca?
El Artículo 178 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, indica que: “El registro de marca tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de la fecha de su otorgamiento, y podrá renovarse por períodos de la misma duración. Al momento de solicitar el registro de una marca, así como en el momento de su renovación, el interesado deberá declarar bajo protesta de decir la verdad que los productos o servicios que ofrecerá están libres de engaño o mala fe.
Si las autoridades competentes determinan que dicho producto o servicio viola las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables, el Instituto podrá iniciar el procedimiento administrativo de declaración de nulidad del registro correspondiente.”
¿Es a nivel nacional o internacional?
Este registro es a nivel nacional únicamente. Si deseas obtener la protección de tu marca en otro país, debes hacerlo a través de la autoridad correspondiente. Dicha autoridad revisará la marca y verificará que no existan similitudes con otras marcas registradas.
Es bastante común que el registro sea denegado en otros países cuando ya existe una marca con el mismo nombre en esa nación. Además, en algunos países, productos similares pueden tener denominaciones diferentes.
¿Qué pasa si tengo productos con mi marca, pero no está registrada?
Otra persona física o jurídica puede hacer el registro de marca que estás utilizando antes que tú y adueñarse de ella. Asimismo, cualquiera puede beneficiarse de tu marca mientras esta no esté registrada y explotarla con fines económicos. Además, si intentas emprender alguna acción legal, esta será rechazada de inmediato al no estar respaldada por el registro correspondiente.
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