El plazo para realizar la declaración anual 2022 de personas morales está por vencerse, así que infórmate bien y realiza este trámite con tiempo para evitar problemas más adelante.
El 27 de diciembre del año pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 en la que, entre otras cosas, se notificaba a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que el vencimiento del plazo de actualización de su e.firma estaba previsto para el 31 de marzo de 2023.
Sin embargo, hace unos días comenzó a circular un aviso sobre la ampliación al 3 de abril del período para la presentación de declaraciones anuales de personas morales y la actualización de su e.firma, modificación que brinda a los contribuyentes un fin de semana adicional para cumplir con sus obligaciones fiscales.
A continuación, te contamos todo lo que debes saber sobre estas disposiciones tributarias para que cumplas con ellas en tiempo y forma, y así, evites hacerte acreedor a multas, recargos, gastos de ejecución o, en el peor de los casos, embargos y auditorías.
¿Qué hacer si la e.firma de una persona moral que tributa en RESICO está vencida?
El SAT ofrece a las empresas y negocios la facilidad de renovar su e.firma por internet siempre y cuando cumplan con los siguientes tres requisitos:
- No se haya excedido el periodo de un año posterior a que el certificado perdió vigencia.
- Tenga el mismo representante legal.
- Su representante legal cuente con e.firma activa.
¿Cómo renovar la e.firma de una persona moral que tributa en RESICO por internet?
Para renovar la e.firma de una persona moral por internet debes seguir estos pasos:
- Ingresa a la página https://sat.gob.mx/.
- Dirígete al apartado “Empresas” que aparece en la barra superior.
- Selecciona la opción “Otros trámites y servicios”.
- Localiza la sección “Identificación y firmado electrónico”.
- Selecciona la opción “Genera y descarga tus archivos para generar o renovar tu e.firma o generar la solicitud de Certificado de Sellos Digitales a través de la aplicación Certifica”.
- Presiona el botón “Iniciar descarga” para generar tu archivo de renovación.
- Descarga la aplicación Certifica y ejecuta el archivo en tu equipo de cómputo.
- Selecciona la opción “Solicitud de requerimientos de renovación de persona moral con representante legal”.
- Ingresa el certificado de la e.firma que perdió su vigencia.
- Confirma que aparezcan tus datos y sean correctos.
- Ingresa el certificado de firma electrónica activo del representante legal y da clic en “Siguiente”.
- Establece la contraseña para tu nueva firma electrónica, confírmala y presiona el botón “Siguiente”.
- Presiona el mouse de tu computadora hasta que la barra de color verde se complete.
- Firma la solicitud con los archivos de la firma electrónica activa o del representante legal y presiona el botón “Firmar y guardar” para descargarla en tu equipo de cómputo.
- Una vez que concluyas, presiona el botón “Terminar”.
- Posteriormente, deberás ingresar de nueva cuenta a “Otros trámites y servicios” en el apartado de “Identificación y firmado electrónico”.
- Selecciona la opción “Solicitud de renovación de certificado de e.firma caduco para personas morales” y da clic en el botón “Iniciar”.
- Accesa con la e.firma de la persona moral que perdió su vigencia y selecciona la opción “Renovación del certificado”.
- Presiona el botón “Examinar” para enviar el archivo de requerimiento de renovación que generaste previamente y da clic en “Renovar”.
- A continuación, oprime el botón “Seguimiento” e imprime o guarda el Acuse de Recibo con Solicitud de Trámite de Renovación de Certificado Digital.
- Oprime “Regresar” y dirígete a la opción “Recuperación de Certificados”.
- Escribe tu RFC y selecciona “Buscar”.
- Da clic en el número de serie del certificado activo de tu firma electrónica y guárdalo.
En caso de que requieras mayor información, puedes consultar el tutorial preparado por el SAT que se encuentra disponible en su canal de YouTube.
¿Cuáles son los requisitos para presentar la declaración anual de una persona moral 2023?
Para presentar la declaración anual de una persona moral necesitas:
- Contar con e.firma vigente.
- Tener tu información contable-fiscal.
- Estar al corriente con tus obligaciones fiscales.
- Contar con tu Buzón Tributario habilitado, así como tus medios de contacto actualizados.
- Tener una cuenta bancaria con servicio de banca móvil para realizar, en su caso, el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente.
Si no sabes cómo presentar la declaración anual de personas morales RESICO, puedes consultar el tutorial preparado por el SAT para aprender, paso a paso, cómo realizarla.
¿Quiénes tributan en RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen fiscal enfocado a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMES), en él tributan las personas físicas con actividad empresarial que ingresan menos de 3.5 millones de pesos al año y las personas morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.
¿A cuándo se amplió el plazo para la presentación de la declaración anual de personas morales?
En realidad no fue ampliado. Si bien es cierto que el plazo para presentar la declaración anual de personas morales se fijó, en un inicio, entre el 1° y el 31 de marzo de 2023, la razón por la cual la fecha límite se recorrió al 3 de abril se encuentra en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
De acuerdo con el artículo 12 de este ordenamiento, la delimitación de plazos debe realizarse bajo las siguiente regulación:
- No se contemplarán los días inhábiles o feriados.
- Tampoco se tomarán en cuenta los días en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales.
- Si en la fecha determinada como el último día del plazo las oficinas en las que se realice el trámite correspondiente permanecen cerradas durante el horario normal, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.
- También se extenderá el plazo hasta el día hábil más próximo cuando caiga en viernes el último día para realizar el pago de contribuciones.
De esta manera, queda evidenciado que la modificación de la fecha límite realizada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) no se trata precisamente de una prórroga, sino únicamente del cumplimiento de la legislación fiscal. Adicionalmente, no es de sorprender que el plazo para renovación de la e.firma también se recorrió al lunes 3 de abril.
¿Cuándo inicia el plazo para presentar la declaración anual de personas físicas 2023?
Las personas físicas deberán presentar la información relativa a sus ingresos de enero a diciembre de 2022 entre el 1° y el 30 de abril, fecha límite que, de acuerdo con las disposiciones del CFF, igualmente, se extenderá hasta el lunes 1° de mayo, debido a que el 30 de abril cae en domingo (día inhábil).
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