Una propiedad intestada no tiene un dueño o dueña legal, sucede cuando una persona no deja un testamento y para la regularización se debe realizar un trámite.
Otra forma en la que puede suceder que un inmueble o terreno esté intestado es si hubo un testamento, sin embargo, no fue incluido quien será el nuevo dueño o cómo será dividido.
Para arreglar legalmente se debe iniciar un juicio testamentario, de acuerdo con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM las posibles personas herederas tienen que acudir ante un notario en caso de que sean mayores de edad y estén de acuerdo en llevar el procedimiento en los mejores términos, pero si hay inconformidad entonces tendrán que dirigirse ante un juez familiar.
Si la persona que falleció hizo un testamento pero no indicó lo que corresponde a cada persona y si los posibles herederos no están de acuerdo con el trámite pueden presentarse ante el juzgado del último domicilio del testador y llevar el testamento.
En la reunión leerá el testamento, la albacea que es lo más común será la esposa; le corresponderá el 50% de la herencia siempre y cuando haya matrimonio civil y régimen de sociedad conyugal; el Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México señaló que el 50% restante se divide en partes iguales entre los y las hijas, “en el juicio se nombrará un albacea en presencia judicial, éste a su vez deberá realizar la valuación de los bienes por medio de peritos a quienes dará vista el juzgado para que aprueben dicho avalúo, posteriormente se realizará la adjudicación y repartición de los bienes”.
En el caso del Estado de México,se puede solicitar un patrocinio gratuito en el Instituto de la Defensoría Pública que se encuentra en la Calle General Emiliano Zapata Número 207, Colonia Universidad, municipio Toluca, México, sus teléfonos son 722 2804484, 2808613. En su portal puedes concultar más información https://idp.edomex.gob.mx/.
¿Cómo tramitar las escrituras de una propiedad intestada?
Luego del juicio intestamentario, la notaría dará las instrucciones para las escrituras, es un proceso que varía en cada entidad federativa. Los documentos que solicitan para hacer el trámite son:
- Acta de defunción de la primera persona propietaria.
- El acta de matrimonio.
- Escrituras.
- Actas de nacimiento de las y los hijos.
- En caso de que si haya, llevar el testamento original en el que no se aparece la propiedad intestada.
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