Desde hace años en el país se ha luchado por erradicar la violencia contra las mujeres, especialmente el acoso callejero.
Según la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones del INEGI, más del 60% de las mujeres mayores de 15 años reportaron haber recibido agresiones de tipo sexual en algún lugar público (parques o calles) y lo catalogan como “acoso callejero”.
Debido a esto, el Valle de México ha implementado una serie de reformas y políticas en función de reducir este número y frenar poco a poco la violencia diaria hacia las mujeres:
En 2019, Toluca fue el primer municipio del Estado de México que sancionó los “piropos” contra las mujeres. El gobierno municipal implementó sanciones para este tipo de conductas (registradas en el Bando o Reglamento Municipal como “faltas graves”) que van desde 24 a 36 horas de arresto.
Ahora, desde el 5 de febrero de 2022, se propusieron reformas en los Bandos Municipales de varios municipios del Estado de México, en las que se pretende ejercer arrestos y multas por acosar a las mujeres en el transporte público, centros comerciales y área de trabajo.
Los municipios de Huixquilucan, Tlalnepantla, Atizapán, Naucalpan, Cuautitlán y Nicolás Romero serán aquellos en donde se instauran las medidas de protección a las mujeres.
Por acosar a las mujeres en estos municipios las sanciones podrán ir hasta arrestos de 36 horas, sumado a una multa de hasta 50 UMAS ($5,000 aproximadamente), y habrá obligación de acudir a talleres de reeducación, además de que serán incluidos en el padrón de infractores en materia de violencia de género.
Estas reformas a los Bandos Municipales de los 7 municipios del Valle de México buscan implementarse para garantizar el acceso al mismo trato y oportunidades para las niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres, con el fin de reconocer, gozar y ejercer los derechos humanos y las libertades fundamentales a través de la perspectiva de género.
Es por esto que a partir de que esta reforma entre en vigor, cuando un hombre exprese en la calle comentarios sin permiso de la mujer, éstos serán considerados como una falta “grave”.
Qué es el acoso callejero
Según el Observatorio contra el acoso en Chile, el acoso callejero “Son prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos; que suelen generar malestar en la víctima. Estas acciones son unidireccionales, es decir, no son consentidas por la víctima y quien acosa no tiene interés en entablar una comunicación real con la persona agredida”.
Te podría interesar:
¿Qué hacer si publican tus fotos íntimas? y ¿Cómo protege la Ley Olimpia a hombres y mujeres?
Qué servicios ofrecen los Centros de Justicia para las Mujeres. Conoce la ubicación de los Centros