Si eres persona una persona física o moral y cambiaste de domicilio fiscal, debes avisarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Cumplir con nuestras obligaciones como contribuyentes no sólo significa presentar en tiempo y forma las declaraciones de impuestos, también debemos mantener actualizado nuestro Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Por eso tienes que avisar al SAT si cambiaste tu domicilio fiscal o puedes tener problemas si no lo haces.
¿Qué es el domicilio fiscal para personas físicas y morales?
Para entender de qué hablamos, primero tenemos que saber que es el “domicilio fiscal”. El Código Civil Federal (CCF) considera como domicilio de las personas físicas los siguientes:
- Donde residen habitualmente.
- Centro principal de sus negocios.
- Donde simplemente residan (por más de 6 meses).
- Donde se encuentren.
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Es importante saber que será “domicilio” el lugar indicado anteriormente en ese orden de prioridad. Si una persona no tiene el primero, podrá contar con el segundo, y así sucesivamente. En caso de que una persona cuente con 2 o más domicilios, se considerará como principal el lugar dónde viva, pero si vive en varios, será aquel en el que se encuentre.
En el caso de las personas morales, se conocerá como domicilio al lugar en el cual haya establecido la administración de su empresa negocio. En caso de que tuvieras más tiendas (sucursales), se toma como domicilio fiscal el lugar donde radica la casa matriz.
Qué pasa sí no cambio mi domicilio fiscal
Con la nueva miscelánea fiscal 2022, se pretende que los contribuyentes registren o actualicen su domicilio fiscal, pues de no hacerlo estarán sujetos a multas por más de 11 mil pesos. La nueva disposición eliminó la posibilidad de dar de alta el RFC con la CURP, por lo que, actualmente, además de acudir a las oficinas del SAT, los contribuyentes deben declarar su domicilio fiscal y notificar cualquier cambio que realice.
En el artículo 81, fracción VI, del CFF, se especifica que cuando se haya un cambio de domicilio fiscal y no se avise al SAT, esta dependencia federal tiene la facultad para aplicar las sanciones correspondientes que van de los 3 mil 870 pesos hasta los 11 mil 600 pesos.
Con la nueva ley, tanto las personas físicas como morales, tendrán un plazo de 10 días para notificar el cambio de domicilio fiscal.
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Como cambiar de domicilio fiscal ante el SAT
- Establezcan su domicilio fiscal en lugar distinto al último manifestado en el RFC.
- Deban actualizar datos que no impliquen un cambio de ubicación, como teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico, tipo de vialidad, tipo de inmueble, referencias adicionales, características del domicilio, o entre calles, así como en los casos de cambio de nomenclatura (de calles) o numeración oficial.
- Deban considerar un nuevo domicilio fiscal en términos del artículo 10 del CFF.
Requisitos
En línea
- Entra a esta página https://www.sat.gob.mx/tramites/30357/realiza-tu-cambio-de-domicilio-en-el-rfc y da clic en el botón INICIAR.
- Registra los datos de tu e.firm (firma electrónica).
- Captura en el formulario que se despliega, la información del domicilio que se va a actualizar.
- Confirma los datos capturados para que se genere el “aviso de actualización o modificación de situación fiscal” y selecciona el botón “Confirmar”.
- Concluye el aviso registrando nuevamente los datos de tu e.firma y envíalo al SAT.
- Imprime el acuse de actualización de situación fiscal.
Presencial
- Acude con los requisitos a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega tus documentos.
- Proporciona la información que te solicite el asesor fiscal.
- Recibe tu aviso y acuse de movimientos de actualización de situación fiscal con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del aviso o en su caso el acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC.