El Gobierno de la Ciudad de México anunció que para el pago de Predial de 2020 se perdonará el 100% de recargos, multas y gastos para aquellos que deban pagos atrasados y se aplicará un descuento para los contribuyentes que realizaron los pagos a tiempo, esto como apoyo ante la crisis por la pandemia de Covid-19.
El comunicado fue realizado esta mañana por la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum durante la conferencia diaria, además de publicarse en la Gaceta Oficial. El decreto tendrá efecto a partir del próximo 1 de julio y hasta el 31 de agosto de 2020, por lo que las personas físicas que tengan propiedades podrán aprovechar este beneficio.
Para ser acreedores a esta reducción en la cuota, los propietarios tuvieron que haber liquidado el pago de los 3 primeros bimestres de este año. En el caso de los contribuyentes que tengan sus pagos al corriente, obtendrán un 5% de descuento en el cuarto bimestre, que también aplicará para el quinto y sexto bimestre si lo pagan con antelación.
Para realizar el pago es necesario obtener la línea de captura ingresando al Portal de Finanzas de la Ciudad de México, debes tener tu Boleta del Pago del Impuesto Predial a la mano e ingresar los datos que aparecen al frente. Posteriormente podrás pagar en alguno de los sitios autorizados por la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF).
Para tener acceso a los beneficios fiscales, los ciudadanos deben solicitarla aplicación de estos mismos dentro de la vigencia establecida, pues de no ser así, perderán los derechos al descuento y no podrán solicitarlos después.
El programa #HacemosMásConMenos otorgará un beneficio adicional de hasta el 30% de reducción en la cuota a jubilados, pensionados, adultos mayores, huérfanos pensionados, madres solteras, jefas de familia con dependientes económicos y mujeres pensionadas por viudez.
Todas las personas que entren dentro de este grupo y tienen una propiedad que no exceda los 2 millones 141 mil 220 pesos podrán pagar una cuota de 50 pesos por semestre.
Para tener derecho a estos beneficios será necesario presentar los siguientes documentos:
1. Boleta Predial que incluye Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial a nombre del solicitante.
2. Identificación oficial vigente con fotografía.
3. Cédula Única de Registro de Población CURP
4. Comprobante de domicilio(a nombre del contribuyente con vigencia no mayor a 6 meses.
5. Documento que acredite su condición:
6. Si algún dato de los proporcionados, no coincide con el reflejado en el sistema, documento que acredite la propiedad del inmueble en que habita:
Las personas mencionadas también gozarán de un descuento equivalente al 50% de la cuota bimestral, por concepto de los Derechos por el Suministro de Agua correspondiente a la toma de uso doméstico,aunque el monto no puede ser menor a la cuota bimestral mínima que corresponda a esos derechos.
Si el adeudo por pago del Predial ya se convirtió en un procedimiento administrativo, los contribuyentes tendrán que presentarse ante la autoridad fiscal con una copia certificada de un escrito en el que se explique el desistimiento de la acción legal.