Este fin de semana, se difundió el video donde policías mataron a tiros a un perro de raza pitbull en defensa propia en la colonia Agrícola Oriental, Ciudad de México. De acuerdo con la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), los uniformados habían llegado al lugar para detener a un grupo de personas que consumían alcohol en la vía pública.
El perro, de nombre Thor, defendió a uno de los detenidos y agredió a dos elementos, por lo que recibió cinco detonaciones, según las imágenes del video. Ante el hecho, la asociación de animales, Mundo Patitas, se pronunció respecto a la vida perdida del animal.
El pasado septiembre, ocurrió una situación similar en Nogales, Sonora. Eran las 19 horas cuando policías detuvieron a un hombre que fumaba marihuana. Al momento de detenerlo, el sujeto le silbó a tres perros, dos de ellos raza pitbull. La perra mordió a uno de los policías, quien le disparó ocasionando su muerte.
“Este video que está usted grabando ya nos sirve como una prueba y si usted nos va a otorgar sus datos generales… la vamos a poner como testigo. Esto es legal”, dice uno de los policías a la mujer que graba el video, mientras vecinos reclaman a las autoridades por la muerte del animal.
¿Qué dice la ley?
En México, casi todas las entidades federativas, excepto Oaxaca, cuentan con leyes de protección a los animales. Se considera maltrato animal al abandono, la negligencia en los cuidados, la mutilación, su uso para espectáculos, la tortura, y desde luego, la muerte.
Sin embargo, en el cumplimiento de la ley, organizaciones defensoras de animales han declarado que no hay claridad respecto a la tipificación y en la mayoría de los casos, las sanciones son administrativas.
En la Ciudad de México, desde 2013 quedó tipificado en el Código Penal que los actos de maltrato o crueldad animal se sancionan con penas de seis meses a dos años de cárcel. Si el animal muere serán de dos a cuatro años de prisión. Sin embargo, el maltrato animal se sanciona como delito culposo, es decir, no intencional.
Debido a los vacíos legales, el asesinar a un animal en defensa propia o de otro no está contemplado en el marco legislativo. No existen especificaciones sobre las condiciones en las que un animal vive maltrato y tampoco sobre el ataque en defensa propia.
En el caso de Nogales, Sonora, cuando el policía dice “este video que está usted grabando ya nos sirve como una prueba“, se refiere a las posibles represalias que puedan presentar la familia propietaria del pitubull.
La persona podrá ser denunciada ante la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial (PAOT) y la Brigada de Vigilancia Animal. Una vez que inicia la investigación, el presunto responsable deberá presentar las pruebas y testigos que indiquen que el ataque se dio en defensa propia.
¿Qué pasa si me ataca un perro?
En el caso de los propietarios del animal, tampoco existen las acciones legales ante quienes utilizan a sus mascotas para atacar a elementos de seguridad. Pero una persona atacada por un perro también puede denunciar al dueño.
Para esto también se puede acudir a la Brigada de Vigilancia Animal. Sin embargo, si el dueño fue quien incitó al animal para que agrediera a la persona, cualquier de los Juzgados Cívicos deberá tomar la denuncia. Y si se presentan agresiones directas y heridas, las agencias del Ministerio Público son las encargadas.
Los teléfonos de Brigada de Vigilancia Animal son: 5541-3961 y 5208-9898
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