Robar cable de cobre de la CFE o incluso de Telmex sí tiene consecuencias. Aunque no está tipificado como tal en el Código Penal Federal, en algunos estados sí es un delito contemplado por las leyes locales y a nivel nacional hay diversas maneras de sancionarlo.
En Colima, Coahuila, Jalisco, Nuevo León, Puebla y Veracruz, el robo de cable de la CFE es un delito que se castiga con multas económicas y hasta seis años de cárcel.
De hecho, hay registro de casos en los que personas que fueron sorprendidas con cable de CFE o Telmex robado han ido la cárcel.
En 2017, dos sujetos de la alcaldía Gustavo A. Madero fueron sentenciadas a cuatro años de prisión por el robo de 30 metros de cable de cobre CFE que pretendían limpiar y vender.
Robar cable de cobre de CFE o de Telemex sí se castiga en CDMX y Edomex
En el caso particular de la Ciudad de México (y en la mayoría de estados del país), se tienen contempladas sentencias de dos a seis años de prisión a las personas que roben equipamiento y mobiliario urbano dedicado a los servicios públicos.
Esto se establece en el artículo 224 del Código Penal de la Ciudad de México, que indica que todas las personas que dañen la infraestructura urbana serán castigados. En esta categoría entra el alumbrado público y sus componentes, como postes de luz, transformadores, cableado y focos:
- Artículo 224. Se impondrá de dos a seis años de prisión, cuando el robo se cometa:
- III. En contra del equipamiento y mobiliario urbano de la Ciudad de México. Se entiende por equipamiento urbano: el conjunto de inmuebles, instalaciones, construcciones y mobiliario urbano, destinados a prestar a la población servicios públicos, de administración pública, de educación y cultura; de comercio, de salud y asistencia; de deporte y de recreación, de traslado y de transporte y otros, para satisfacer sus necesidades y su bienestar.
- Se entiende por mobiliario urbano: Los elementos complementarios al equipamiento urbano, ya sean fijos, móviles, permanentes o temporales, ubicados en la vía pública o en espacios públicos, formando parte de la imagen de la Ciudad, los que, según su función, se aplican para el descanso, comunicación, información, necesidades fisiológicas, comercio, seguridad, higiene, servicio, jardinería, así como aquellos otros muebles que determinen la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Comisión Mixta de Mobiliario Urbano.
La ley en el Edomex no es tan específica, pero no significa que permita estas acciones. El robo de cable entra en la categoría denominada “robo de patrimonio o bienes”.
En este caso, la Comisión Federal de Electricidad, Telmex u otra empresa que sea la dueña legítima del cable tiene todas las facultades de demandar a las personas que cometan robo de su propiedad.
Además, por sí mismo, el robo ya es un delito que se consuma cuando el ladrón tiene el bien en su poder. Desde ese momento ya se le puede arrestar, ser remitido al Ministerio Público y encarcelado.
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