¿Te toca trabajar en Navidad y Año Nuevo? Te compartimos información sobre si son días oficiales y si deben pagarte doble, esto de acuerdo con lo que establece la Ley Federal del Trabajo.
¿25 de diciembre y 1 de enero son oficiales?
Sí, son días de descanso obligatorio en México junto con las siguientes fechas:
- 5 de febrero, Día de la Constitución.
- 21 de marzo, por el Natalicio de Benito Juárez.
- 1 de mayo, Día del Trabajo.
- 16 de septiembre, por el Día de la Independencia de México.
- 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana.
Recuerda que el descanso se recorre a lunes en caso de que caiga un día diferente a este.
¿Se pagan doble?
Sí, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, si tú y tu empleador acordaron que trabajarás el 25 de diciembre o 1 de enero, debes recibir un salario doble, aparte del pago que te corresponde por día.
¿Qué hacer si no recibo mi pago doble el 25 de diciembre y 1 enero?
En caso de que tu empleador no respete el pago que por ley está obligado a darte, puedes pedir asesoría u orientación en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
- Llama al 55 57 09 32 33 en la extensión 2004 para la CDMX y al 800 911 78 77, al 800 717 29 42 o al 55 59 98 2000, en las extensiones 44740 y 44741, desde cualquier parte del país.
- El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.
- Envía un correo electrónico a [email protected] o a [email protected].
- También puedes pedir orientación vía mensaje de WhatsApp al 55 14 84 87 37.
Además, los servicios que ofrece la PROFEDET son completamente gratis.
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