Si te fueron infiel y pensabas pedir dinero por el daño moral, la Suprema Corte ya no lo aprobará, pues determinó que la infidelidad no se considera un delito.
La indemnización es una compensación económica que puede exigir una persona, a través de la ley, que siente que ha sido perjudicada ya sea en el plano laboral, moral o económico.
En un comunicado emitido en 25 de julio, la Suprema Corte anunció que llegó a la conclusión de que
la infidelidad está considerada en el campo de la libertad sexual y es una expresión del derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Es decir, considera la capacidad y posibilidad de decidir sin violencia y con consentimiento pleno, sobre las personas, situaciones, circunstancias y tiempos, en las cuales se quiere tener comportamientos erótico-sexuales.
En el documento se afirma lo siguiente: “La libertad sexual es un derecho personalísimo, que tiene como condición inherente la autonomía sobre la forma de ejercerla, pues la persona tiene la decisión de elegir tener relaciones sexuales con otra, sin mayor límite que el pleno y válido consentimiento de ambos”
Se llegó a esta resolución a partir de un caso en el que un hombre demandó a su esposa por infidelidad y solicitó una indemnización por la reparación del daño moral ya que sus sentimientos, afectos, decoro, vida privada y sus derechos humanos de honor y de reputación habían sido afectadas.
Mientras ambos estaban casados, la mujer sostuvo relaciones sexuales con otro hombre y como resultado, nació una niña. Fue hasta veintidós años después que el demandante se enteró de que la niña no era su hija, lo que alegaba, había causado daños en todos los campos de su vida.
Inicialmente el falló fue a favor del afectado, pero luego la mujer reclamó su derecho humano al libre ejercicio de su sexualidad, argumentando que la fidelidad es un valor que pertenece única y exclusivamente al ámbito de la moralidad.
A lo que la Suprema Corte respondió dándole la razón. El matrimonio no otorga un derecho o un poder coactivo sobre el cuerpo y los actos del el ámbito sexual, pues eso afectaría la propia dignidad humana.
Aun dentro del matrimonio la pareja conserva la facultad de decidir sobre el ejercicio de su sexualidad, cada persona es dueña de su cuerpo y tienen libre decisión para utilizarlo con el fin del placer sexual, asumiendo las consecuencias que traerá a la relación matrimonial el propio comportamiento.
Por lo tanto explicó que la infidelidad en el matrimonio no puede ser considerada como hecho ilícito para obtener una indemnización por daño moral, pues eso violaría el derecho a la libertad sexual aun dentro del matrimonio.