Falsificar una receta médica puede meter a la persona que lo haga, en problemas con la justicia en México.
Al ser expedidas por personal que labora en instituciones de salud, local, estatal y federal; las recetas médicas se pueden considerar documentos oficiales, y como tal, regirse bajo las leyes mexicanas.
¿Qué pasa si falsifico una receta médica?
El artículo 243 del CAPITULO IV del Código Penal Federal, señala que el delito de falsificación se castigará, en caso de documentos públicos, con:
- Cuatro a ocho años de prisión.
- De 200 a 360 días multa (de 20 mil 748 a 37 mil 346 pesos).
La ley también señala que si la persona que realiza la falsificación es un servidor público, la pena o multa que reciba, se aumentará hasta en una mitad más.
Además de esto, el artículo 245 del mismo código refiere que “para que el delito de falsificación de documentos sea sancionable como tal”, se necesitan los requisitos siguientes:
- Que la persona que falsifica pretenda sacar algún provecho para sí mismo o para alguien más, o quiera causar daño a la sociedad, al gobierno o a otros ciudadanos.
- Que el documento falsificado dañe o pueda dañar a la sociedad, al gobierno o a un particular, en sus bienes, persona, honra o en su reputación.
- Que el responsable de falsificar el documento lo haga sin el consentimiento de la persona que resulte o pueda resultar perjudicada o sin el de aquella en cuyo nombre se hizo el documento.
Tomando esto en cuenta, el artículo 246 subraya que las personas que cometan las siguientes acciones serán castigadas con las mismas penas que indica el artículo 243:
- Las o los ciudadanos que falsifiquen una receta o justificante médico que certifique que padecen una enfermedad o impedimento para librarse de un servicio u obligación impuesta por la ley.
- El médico que certifique falsamente que una persona tiene una enfermedad u otro impedimento que no le permita cumplir con sus obligaciones o sea usado para adquirir algún derecho, como por ejemplo, faltar al trabajo.
Recetas médicas falsas
En junio del 2012 un hombre en Zapopan, Jalisco, fue sentenciado a cuatro años de prisión por falsificar una receta médica. Diez años más tarde, en 2022, surgió en Monterrey un mercado negro de justificaciones médicas para faltar al trabajo, con falsificadores ofreciendo sus servicios a cualquier persona interesada.
Las autoridades detectaron que a través de redes sociales como Marketplace, en Facebook, los trabajadores se contactaban con los falsificadores para proporcionar datos personales (número de seguro social, nombre y CURP) y después realizar un pago vía transferencia bancaria.
Con esto, los delincuentes enviaban un comprobante falsificado en formato PDF, listo para imprimir. Los precios por este servicio iban desde los 90 pesos para “recetas del IMSS”, 150 pesos para las “incapacidades” y hasta 250 pesos para pruebas de Covid-19.
En este caso en específico, el Código Penal del Estado de Nuevo León, castiga con 2 a 5 años de prisión, falsificar una receta médica.
¿Qué es una receta médica?
De acuerdo con el Reglamento de Insumos de la Secretaría de la Salud, una receta médica es el documento que contiene, entre otros elementos, la prescripción de uno o varios medicamentos y puede ser emitida por:
- Médicos (doctores).
- Homeópatas.
- Cirujanos dentistas.
- Médicos veterinarios (en el área de su competencia).
- Pasantes en servicio social (de cualquiera de las carreras anteriores).
- Enfermeras y parteras.
Todos estos profesionales deben contar con cédula profesional expedida por la SEP o las autoridades competentes. Los pasantes, enfermeras y parteras pueden prescribir siguiendo las reglas que determina la propia secretaría.
El artículo 28 del mismo reglamento señala que este documento debe contener impresos los siguientes elementos:
- Nombre completo del paciente.
- Edad, sexo, talla, peso y temperatura.
- Alergias.
- Índice de Masa Corporal (IMC).
- Presión arterial.
- Diagnóstico médico.
También se debe incluir la descripción del tratamiento:
- Nombre genérico.
- Forma farmacéutica.
- Dosis.
- Presentación.
- Frecuencia.
- Vía de administración.
- Duración del tratamiento.
- Indicaciones para el uso.
Asimismo, los datos obligatorios por ley que debe contener el documento son:
- Nombre completo del médico que prescribe.
- Número de cédula(s) profesional(es).
- Institución(es) que emite el título.
- Fecha.
- Domicilio completo del consultorio.
- Teléfono.
- Firma.