La pensión alimenticia es el monto que el deudor (ya sea el padre o madre) está obligado a pagar para sus hijos o hijas, este dinero debe cubrir los alimentos, el vestido, la habitación, atención médica, gastos para la educación de los menores y para proporcionarles oficio, arte o profesión.
¿Puedo pedir pensión alimenticia si el papá no trabaja?
Si el demandado no tiene un ingreso estable o un trabajo de planta, no implica que no tenga la posibilidad de cumplir con su obligación, a través de un acuerdo alimenticio con la madre que tiene la custodia del hijo o hija.
La capacidad económica no se fundamenta solamente en el ingreso de un salario, existe la posibilidad de acreditar la capacidad económica con los bienes pertenecientes al deudor.
También se podrá iniciar un proceso de regulación o reducción de cuota de alimentos donde se fijará una nueva cifra de alimentos de acuerdo a la situación económica actual. Pero nunca será eximido de la pensión alimenticia que debe a sus hijos.
Esto puede acreditar por medio de visitas en su domicilio que acrediten la condición de insolvencia o de capacidad económica, según sea el caso.
Adicionalmente, si el demandado cuenta con bienes muebles o inmuebles, con ellos puede garantizar el pago de las pensiones, en lo que se regula su situación laboral.
El derecho a recibir alimentos es irrenunciable, se busca proteger al hijo o hija, para que no se acepten condiciones inferiores a las mínimas contenidas en la legislación, pues es su derecho.
Requisitos para la pensión alimenticia en CDMX
- Acta de matrimonio: original y copia.
- Identificación oficial con fotografía.
- Acta de matrimonio si la persona es casada.
- Acta de nacimiento/hijos: original.
- Domicilio laboral y particular del demandado: original
- Constancia de estudios/hijos: original.
- Domicilio de la parte solicitante.
Se puede presentar en la Ciudad de México por comparecencia, directamente ante la Dirección de la Oficialía de Partes Común, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Salas del Poder Judicial de la CDMX (Avenida Niños Héroes 132, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc).
De lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 14:00 horas.
También se puede tramitar ante un juez familiar de tu ciudad (Tribunal Superior de Justicia o Poder Judicial Estatal). Si no hay jueces familiares en el estado, se puede hacer ante un juez civil.
Para iniciar una demanda por pensión se debe hacer por escrito. Algunos estados tienen servicios por comparecencia directa. Ese escrito debe realizarlo un abogado de oficio o particular:
- Una vez admitida, se aplicarán las medidas necesarias respecto a los alimentos provisionales durante el procedimiento.
- Además, se abrirá el periodo probatorio por el término de ley para su admisión y desahogo de las mismas.
- Una vez valoradas, el juez abrirá el periodo de alegatos.
- Finalizado este periodo y con base en la valoración de las pruebas, el juez citará a las partes para oír sentencia.
- Llegada la fecha señalada dictará sentencia otorgando o negando la pensión alimenticia.
Pensión alimenticia: ¿Qué pasa si el papá se cambia de trabajo?
Una vez que el juez ya autorizó el pago de pensión alimenticia, se puede solicitar que gire el oficio al trabajo donde se encuentre actualmente el demandado, esto cuantas veces sea necesario o las veces que la persona cambie de trabajo.
Te puede interesar:
Pensión IMSS e ISSSTE abril 2023. Cuándo hacen el depósito previo a Semana Santa
Cómo presentar una demanda de pensión alimenticia
¿Tu casero es abusivo? Lo puedes demandar