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Morena: Suprema corte permitirá “corrupción a gran escala” en impuestos

by Cristina Páez
noviembre 25, 2022
in Destacado, Política y Seguridad
Por ahora los delitos fiscales no son sancionados de forma grave, como sí ocurre en estos países Foto: Twitter Mario Delgado

Por ahora los delitos fiscales no son sancionados de forma grave, como sí ocurre en estos países Foto: Twitter Mario Delgado

Mario Delgado, presidente de Morena, habló sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia respecto a los impuestos.

“Desde que llegó nuestro Presidente Andrés Manuel López Obrador ya no hay privilegios ni favores fiscales para quienes durante años hicieron negocio defraudando al pueblo”, afirmó el líder morenista. En este gobierno se pagan impuestos y México ha vencido trabas económicas pero sin aumentar impuestos.

Por ahora los delitos fiscales no son sancionados de forma grave, como sí ocurre en estos países y destapa la puerta giratoria de la corrupción a gran escala en la cual estaban acostumbrados los delincuentes, agregó el político.

Delgado Carrillo aseguró que la Suprema Corte de Justicia de la Nación solo la celebran los contrabandistas y factureros que en el pasado vivían de defraudar a la hacienda pública.

Desde que llegó nuestro Presidente @lopezobrador_ ya no hay privilegios ni favores fiscales para quienes durante años hicieron negocio defraudando al pueblo. Hoy, sin excepción, todos pagan impuestos y, gracias a eso, México ha vencido trabas económicas sin aumentar impuestos.

— Mario Delgado (@mario_delgado) November 25, 2022

“Por el traspatio la mafia del poder recupera los privilegios que con las reformas de la mayoría del pueblo perdieron. Es una regresión”, finalizó.

¿De qué trata la resolución de la Suprema Corte?

La Suprema Corte eliminó la prisión preventiva oficiosa a delitos fiscales. El fallo fue impulsado por mayoría calificada, beneficia a factureros y contrabandistas.

Lo anterior quiere decir que los acusados por delitos fiscales como defraudación, contrabando o uso de facturas falsas, ya no podrán estar bajo prisión preventiva oficiosa.

La SCJN consideró que estos tipos penales no atentan contra la seguridad nacional ni constituyen delincuencia organizada, por lo cual no se justifica aplicarles la medida.

La Corte mantuvo la prisión preventiva para la mayor parte de los delitos que estaban sujetos a esa medida cautelar, como delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro y los añadidos durante este gobierno, incluidos el feminicidio, enriquecimiento ilícito, robo de hidrocarburos, desaparición forzada y desaparición cometida por particulares.

La SCJN consideró que estos tipos penales no atentan contra la seguridad nacional Foto: SCJN

Fue el ministro Luis María Aguilar el autor del proyecto aprobado quien argumentó que la Constitución establece un catálogo de delitos a los cuales se les puede aplicar la prisión preventiva oficiosa pero a esa lista se han agregado más tipos penales.

 

 

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Tags: Mario DelgadoMORENAprisión preventivaSCJNSuprema Corte

Cristina Páez

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