La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) comprobó la participación de un sujeto identificado como José Luis Alberto Almendarez Salinas en el delito de trata de personas, en la modalidad de explotación a través de la prostitución.
Por este acto ilícito, la autoridad judicial con sede en el municipio de Nezahualcóyotl le dictó una sentencia de 43 años y ocho meses de prisión.
De acuerdo con las investigaciones, el individuo obligaba a dos mujeres, una de 17 años y otra de 22, a tener relaciones sexuales con hombres a cambio de dinero en un bar ubicado en el municipio mexiquense antes mencionado.
El sujeto contactó a sus víctimas cuando en el mes de julio de 2017 realizó una publicación en una red social mediante la cual solicitaba a dos personas, del sexo femenino, para laborar en un bar como meseras.
Por ello, ambas mujeres, entre ellas una menor de edad se contactaron con el ahora detenido y aparentemente fueron contratadas. Sin embargo, días después las obligaron a mantener relaciones sexuales con hombres y cobrarles.
Esto duró hasta el mes de septiembre del mismo año, cuando fueron rescatadas por policías que realizaron un operativo.
Tras el delito cometido, se inició una carpeta de investigación y el Agente del Ministerio Público solicitó a un juez emitir la orden de aprehensión, que fue cumplida el mes de noviembre del año pasado.
Alberto Almendarez fue ingresado al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Nezahualcóyotl, donde se le dictó su sentencia.
La FGJEM hace un llamado a la ciudadanía para que denuncie cualquier acto ilícito a través de correo [email protected], al número telefónico 01 800 7028770, o bien, por medio de la aplicación FGJEdomex.
Según la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, en el capítulo II artículo cinco refiere que, “comete del delito de tarta de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados y esclavitud”.
En el siguiente punto comunica que, a quien cometa el delito, se aplicará la sanción de:
- Seis a doce días de prisión y de 500 a mil 500 días de multa.
- Si el acto ilícito en contra una persona menor de 18 años, la pena será de nueve a 18 años en la cárcel y de 750 a 2 mil 250 días de multa.