En Tláhuac, la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México capturó a una mujer acusada de cometer el delito de corrupción de menores de edad, agraviado en perjuicio de dos niños de 10 y 8 años.
En los datos que integran la carpeta de investigación, se señala que las víctimas son hijos de la pareja sentimental de la mujer, quien desde julio del 2011 cuidaba de ellos en un domicilio ubicado en la alcaldía Tlalpan.
Presuntamente en ese inmueble, la mujer obligó a los niños a ver películas para adultos y tener contacto sexual frente a ella, además, los llevaba a un mercado a robar.
En 2012, las víctimas regresaron a vivir con su madre y le informaron sobre lo ocurrido, por ello se presentó la denuncia.
Por estos hechos, el agente del Ministerio Público solicitó la orden de aprehensión de la mujer para poder detenerla.
Tras las investigaciones realizadas por elementos especializados de la Procuraduría, se logró capturar a la mujer frente al panteón San Lorenzo en la alcaldía Tláhuac. Fue trasladada al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla, donde quedó a disposición de un juez, quien determinará su situación legal.
El Código Penal Federal señala en su artículo 200 que, aquella persona que “distribuya exponga, haga circular u oferte grabaciones, escritos, fotografías, imágenes u objetos de carácter pornográfico de manera física o a través de cualquier medio”, de menores de 18 años de edad, se les castigará con una pena de seis meses a cinco años de prisión y de 300 a 500 días de multa.
Cabe mencionar que se especifica que no se entenderá como material pornográfico o nocivo aquel que esté destinado a la divulgación científica, artística o la de educación sexual. Esto siempre y cuando estén aprobados por la autoridad competente.
Y en el artículo 201 se indica que “comete el delito de corrupción quien obligue, facilite o procure a menores de edad o personas sin capacidad para comprender el hecho” cualquiera de los siguientes actos:
- Consumo habitual de bebidas alcohólicas.
- Consumo de sustancias tóxicas o de algún narcótico.
En ambos casos la prisión es de cinco a diez años y una multa de 500 a mil días de salario mínimo.
- Pedir limosna con fines de explotación.
La pena va de cuatro a nueve años de cárcel y de 400 a 900 días de multa.
- Comisión de algún delito.
Se estará dispuesto a lo estipulado en el artículo 52 de mencionado Código.
- Formar parte de alguna asociación delictiva.
- Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexual.
Para estos últimos casos, la prisión es de siete a 12 años y una multa de 800 a 2 mil 500 días.