En México existen 10 razones por la que la Ley no permite a las personas contraer matrimonio por la vía civil. Adicionalmente, si la pareja es católica, la Iglesia tiene otras reglas que deben cumplir si quieren que su religión valide su casamiento.
En el caso del matrimonio civil, toda la información viene detallada en el artículo 156 del Código Civil Federal (CCF), el cual explica que son impedimentos para ese trámite el no tener la edad adecuada, ser parientes u ocultar información sobre enfermedades de transmisión sexual.
Mientras que la Iglesia Católica, que es la religión que más se profesa en México, también contempla los impedimentos legales y adiciona algunos espirituales, por lo que los requisitos son mayores.
Impedimentos para casarse en México
Impedimentos para el matrimonio civil
A continuación se presentan de forma resumida y más simple cuáles son los impedimentos que contempla la ley para un matrimonio civil. Toda la información se puede consultar en el CCF.
- La falta de edad requerida por la ley (18 años cumplidos a la fecha del trámite).
- Parentesco de consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en la línea recta, ascendente o descendente. Es decir, no se permiten los matrimonios:
- Entre hermanos.
- Entre medios hermanos.
- Entre padre e hija o hijo.
- Entre madre e hijo o hija.
- Entre abuelos y nietos.
- Entre tíos y sobrinos.
- El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna. En otras, palabras, no pueden sacarse:
- Con yernos.
- Con nueras.
- Con suegros.
- Con cuñados.
- Entre personas que hayan cometido adulterio y este se haya comprobado.
- El atentado contra la vida de alguno de los casados para contraer matrimonio con el que quede libre.
- Matrimonios forzados o por miedo, tampoco se permite casarse con personas raptadas o privadas de su libertad.
- Es impedimento para el matrimonio la impotencia incurable para la cópula; y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias, que no se le hayan dado a conocer a las parejas.
- El matrimonio entre tutores y su guarda está prohibido.
- Aprovecharse de personas con problemas de adicción o enfermedades que no les permitan manifestar de manera consciente sus decisiones.
Impedimentos para el matrimonio por la Iglesia Católica
Los matrimonios católicos están regulados por el Código de Derecho Canónico, este contempla todas las reglas de los sacramentos y procesos que se hacen en las Iglesias.
Los impedimentos que se señalan en ese documento son:
- No puede contraer matrimonio válido el varón antes de los dieciséis años cumplidos, ni la mujer antes de los catorce, también cumplidos.
- Ocultar la impotencia para tener relaciones y tener hijos.
- Estar casado o casada con otra persona por la vía civil o religiosa.
- Es inválido el matrimonio cuando uno de los contrayentes no está bautizado.
- No puede haber matrimonio entre un hombre y una mujer raptada o al menos retenida con miras a contraer matrimonio.
- No pueden casarse quienes, con el fin de contraer matrimonio con una determinada persona, causa la muerte del cónyuge de ésta o de su propio cónyuge,
- No pueden contraer válidamente matrimonio entre sí quienes están unidos por parentesco legal proveniente de la adopción.
- No se puede contraer matrimonio si existe consanguinidad directa, como son
- Entre hermanos.
- Entre medios hermanos.
- Entre padre e hija o hijo.
- Entre madre e hijo o hija.
- Entre abuelos y nietos.
- Entre tíos y sobrinos.
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