La publicación que hizo Vicente Fox sobre Mariana Rodríguez, en las que la califica como “Dama de compañía”, tienen posibilidad de no ser considerada como violencia política de género. Esto se debe a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentó un precedente en el que se hacen más estrictos los parámetros para determinar que existen este tipo de agresiones contra las mujeres.
Aunque el comentario de Vicente Fox puede resultar ofensivo, no lanzó ningún insulto directo al desempeño de Mariana Rodríguez como servidora pública (debido a que oficialmente no lo es) o que pusiera en riesgo sus derechos político-electorales. Eso es suficiente para que el expresidente, en teoría, pueda esquivar cualquier intento de demanda por violencia política en razón de género, al menos por ahora.
Todo esto se basa en el estudio de la sentencia SUP-REP-307/2023, del TEPJF, sobre la denuncia por violencia política de género en contra del empresario y dueño de TV Azteca, Ricardo Salinas Pliego, por las múltiples ofensas hechas a la senadora y secretaria general de Morena, Citilalli Hernández.
El caso de Citlalli Hernández contra Ricardo Salinas
En contexto, por más de dos años, Ricardo Salinas Pliego uso sus redes sociales para insultar el peso y talla de Citlalli Hernández. En agosto de 2023, la senadora recurrió a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) para levantar una denuncia por violencia política en razón de género.
En primera instancia, el INE le dio la razón, pues en su investigación de oficio se encontraron más de 70 publicaciones realizadas en el perfil en Twitter (hoy X) de Salinas Pliego, en las que se agredía verbalmente a Citlalli Hernández y ordenó al empresario a eliminarlas lo antes posible.
Ricardo Salinas Pliego no las borró y continuó atacando a la senadora. Además, impugnó las medidas cautelares ordenadas por el INE y el caso llegó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Ahí, se volvió a estudiar la queja y las pruebas recopiladas por el INE, concluyendo que aunque el empresario sí había cometido agresiones verbales en contra del físico de Citlalli Hernández y que también había utilizado su cargo como servidora pública para ofenderla, esos comentarios no tenían “incidencia en el desempeño del cargo como senadora o dirigente nacional, ni con alguna aspiración política o proceso electoral determinado”.
En términos más simples, el TEPJF sí reconoció los ataques de Salinas Pliego, pero no los determinó como violencia política en razón de género, ya que no ponían en riesgo los derechos políticos-electorales de Citlalli Hernández.
Por tanto, el TEPJF revocó las sanciones impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE a Ricardo Salinas Pliego, lo que significó un precedente muy importante sobre cómo juzgar la violencia política en razón de género.
Vicente Fox sí ofende a Mariana Rodríguez, pero no comete violencia política en razón de género, según criterios del TEPJF
Los mismos criterios que el TEPJF utilizó para revocar las medidas contra Salinas Pliego en el caso anterior, son los mismos que Vicente Fox podría alegar para librarse de una posible denuncia por violencia política en razón de género.
En su comentario hacia ella, el expresidente no hizo alusiones directas a la trayectoria pública o política de Mariana Rodríguez, que pusieran en riesgo sus derechos político-electorales. Eso, en los criterios del TEPJF, bastaría para no sancionarlo.
Además, Mariana Rodríguez no es, actualmente, funcionaria pública (aunque sí es presidenta honorífica de la oficina Amar a Nuevo León) ni tampoco aspira a competir por una candidatura por algún partido, por lo que, técnicamente, ella no podría ser víctima de violencia política en razón de género.
Mariana Rodríguez respondió a Vicente Fox por demeritar su trayectoria profesional y valor como persona y mujer: “Señor, no soy una dama de compañía. Soy una mujer, soy licenciada, soy empresaria, soy esposa y soy madre. No le permito que me hable así a mí, ni a ninguna otra mujer. No somos accesorios, ni objetos, ni puede faltarnos al respeto, y menos de esa forma tan vulgar”. Sin embargo, no hizo alguna mención de una denuncia en su contra.
¿Qué pasará con la violencia política de género en México?
El tema sobre qué es y qué no es violencia política en razón de género es todavía razón de debate en el país. Si bien, legislativamente se avanzó en crear leyes que protejan los derechos políticos-electorales de las personas, las leyes aún no están completas y dejan abiertas lagunas que son aprovechadas para fines distintos a los que fueron creadas.
Por ejemplo, el reciente caso de la diputada Andrea Chávez causó opiniones divididas entre internautas sobre si la violencia política en razón de género se está utilizando como una manera de censura o amenaza en contra de críticos y periodistas.
Lo que sucedió es que una ciudadana de nombre Yadira Macorro Morales denunció a periodistas, medios de comunicación, analistas políticos e internautas que emitieron publicaciones sobre el presunto uso de aviones militares para el traslado de familiares de Andrea Chávez a un evento político.
En la misma denuncia, se acusó y se juzgó con “la misma vara” a internautas que emitieron expresiones machistas y denigrantes contra Andrea Chávez al relacionarla sentimentalmente con Adán Augusto López; y a medios de comunicación, como Animal Político, que hicieron una investigación documentada del caso.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que sí hubo violencia política en razón de género contra Andrea Chávez y emitió medidas para sancionar a todos los involucrados. Tras las críticas surgidas por haber juzgado a periodistas y medios de la misma forma que a los internautas que insultaron a la diputada, ella anunció que desistiría de seguir adelante con el proceso.
Actualmente, existe un Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género, el cual es operado por el INE y que cuenta con al rededor de 350 nombres de personas e instituciones sancionadas por la autoridad.
También, en varios congresos del país y a nivel federal, el tema se debate para fortalecer los mecanismos y mejorar las leyes existentes desde 2020 para sancionar estos delitos.
Por ejemplo, en la Cámara de Diputados, se aprobó una iniciativa de reforma para sancionar los discursos de odio promovidos en las redes sociales que puedan ser calificados como discriminatorios, esto con base en el caso de Citlalli Hernández contra Ricardo Salinas Pliego.
La iniciativa promovida por Morena propone considerar como discriminación el promover el odio y la violencia a través de mensajes o imágenes en las redes sociales. Tal y como lo hace Salinas Pliego al lanzar insultos sobre el físico de Citlalli Hernández
Aunque estas sanciones ya existían en la legislación actual, solo contemplaban a medios de comunicación convencionales (radio, televisión y periódicos), pues fueron hechas en la década de los 90.
Ahora, se busca que los discursos de odio en Internet sean aplicables a castigos, pues generan mucha interacción que ayuda a propagarlos de manera masiva. La iniciativa fue aprobada en la Cámara de diputados y ahora pasa al Senado para buscar convertirse en Ley.
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