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¿Cuánto duran los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?

by Marisol Carmona
noviembre 21, 2023
in Política y Seguridad
Ministros de la Suprema Corte de Justicia.

Los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto: SCJN

El tema de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) nuevamente acapara los titulares, después de la renuncia de Arturo Zaldívar para unirse al proyecto de Claudia Sheinbaum.

“Me estoy sumando al proyecto por una cuestión de convicción, yo quiero aclarar, yo no estoy dejando la Corte para asumir un cargo público, voy a sumarme a un proyecto político social en el que creo, para consolidar la transformación del país, para apoyar a un proyecto que tenga como mira principal a quienes menos tienen y más lo necesitan”, dijo en UNA entrevista con Ciro Gómez Leyva el pasado 8 de noviembre.

La SCJN se compone de 11 ministras y ministros, quienes duran en su encargo quince años y, sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

la presidenta de la Cámara Alta, Ana Lilia Rivera, afirmó que el o la nueva ministra solo ocupará el tiempo que le restaba a Zaldívar en su cargo, quien se retiró a un año y un mes de que este tiempo se completará.

¿Qué dice el Título Cuarto de la Constitución?

Establece las responsabilidades a que están sujetos los servidores públicos, vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción y patrimonial del Estado. Asimismo, se advierte que los ministros de la Suprema Corte de Justicia serán sujetos a juicio político para su remoción, en caso de ser necesario.

Foto: Suprema Corte de Justicia

La terna para sustituir al ministro Arturo Zaldívar

La propuesta del Ejecutivo para suplir el cargo de Zaldívar está integrada por tres mujeres cercanas a su administración y que han militado en el partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA):

  • Bertha María Alcalde Luján: quien a inicios del 2023 estuvo en el proceso para ser consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), pero se quedó en el sorteo.
  • Lenia Batres Guadarrama:  exdiputada del PRD, de 1997 al 2000.  Actualmente se desempeña como consejera adjunta de legislación y estudios normativos de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.
  • María Estela Ríos González: con más de 50 años de experiencia como abogada, es una de las funcionarias más fieles a López Obrador hasta la fecha. Ha trabajado como procuradora de Defensa del Trabajo (Profedet) en la capital del país, además de que fue consejera jurídica y de asuntos legales cuando el actual mandatario nacional era jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

La terna de ministros de la Suprema Corte de Justicia fue presentada por López Obrador horas después de que el pleno del Senado avaló con 63 votos a favor, 43 en contra y cero abstenciones la renuncia de Arturo Zaldívar.

Bertha María Alcalde Luján, Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González. Aparecen de izquierda a derecha.

La renuncia de un ministro de la SCJN

De acuerdo con el artículo 98 constitucional, la renuncia de un ministro de la Corte se conforma de dos etapas, la primera: la aceptación y trámite que de ella hace el presidente de la República, el cual se trata de un paso preliminar, pero no definitivo.

La segunda etapa es la que corre a cargo del Senado. Es esta segunda aceptación la que culmina la renuncia y, llegado el caso, de existir precipitación, negligencia u omisiones, es la que determina el momento en que comienza a correr el plazo para ser cuestionada por vía del amparo o de la controversia constitucional.

Foto: Arturo Zaldívar

 

¿Cómo será el nombramiento del nuevo ministro la SCJN?

El Artículo 96 constitucional establece que “el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará a la Ministra que cubrirá la vacante”.

Próximamente, comenzará una serie de audiencias con la Comisión de Justicia del Senado, mismas en las que las candidatas expondrán su caso para ser electas durante 20 minutos. Una vez terminadas las audiencias continuarán las votaciones en el Congreso.

Para la designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia se requiere del voto aprobatorio equivalente a las dos terceras partes de los senadores presentes el día del nombramiento; los senadores contarán con el plazo “improrrogable” de 30 días para tomar la decisión, contado a partir de la recepción de la propuesta presidencial.

Foto: Suprema Corte de Justicia

“Si el Senado no resolviera dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República“, cita la Carta Magna.

Los partidos de oposición en el Senado, PRI, PAN y Movimiento Ciudadano, adelantaron que votarán contra la terna propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador para sustituir al ministro Arturo Zaldívar.

Manuel Añorve, coordinador de los senadores del PRI, declaró: “Efectivamente, vamos a votar en contra, los argumentos son sólidos del por qué no. Solamente son tres militantes de una orientación política oficialista, no tienen carrera judicial, no existen condiciones de imparcialidad”.

Foto. SCJN

¿Actualmente quienes son ministros de la Suprema Corte de Justicia?

Ministro

Año de llegada

¿Quién lo puso?

José Fernando Franco González Salas 2006 Vicente Fox
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea 2009 Felipe Calderón
Luis María Aguilar Morales 2009 Felipe Calderón
Jorge Mario Pardo Rebolledo 2011 Felipe Calderón
Alberto Pérez Dayán 2012 Felipe Calderón
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 2012 Felipe Calderón
Norma Lucía Piña Hernández 2015 Enrique Peña Nieto
Javier Laynez Potisek 2015 Enrique Peña Nieto
Juan Luis González Alcántara Carrancá 2018 Andrés Manuel López Obrador
Yasmín Esquivel Mossa 2019 Andrés Manuel López Obrador
Ana Margarita Ríos Farjat 2019 Andrés Manuel López Obrador

¿Qué hace un ministro de la SCJN?

De acuerdo con el Artículo 64 del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las y los ministros tienen los siguientes derechos y obligaciones:

  1. Asistir y participar con voz y voto a las sesiones del Pleno. El ministro que no pudiere asistir a las sesiones lo avisará con la debida antelación al presidente de la Suprema Corte o de la Sala de su adscripción, según sea el caso.
  2. Si la ausencia durase más de cinco días, se someterá a la consideración del Pleno, para obtener la licencia correspondiente, en términos de las disposiciones aplicables.
  3. Asistir y participar con voz y voto a las sesiones de la Sala que conformen; los ministros sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal o no hayan estado presentes en la discusión del asunto, de conformidad con el artículo séptimo de la Ley Orgánica.
  4. Formar parte de los Comités que determine el Pleno y participar con voz y voto en las decisiones de su competencia;
  5. Solicitar la remisión al Pleno de los asuntos radicados en Sala que, por su trascendencia e importancia, consideren deba conocer dicha instancia;
  6. Solicitar la remisión a las Salas de los asuntos radicados en el Pleno que, a su consideración, deban ser resueltos por aquellas;
  7. Responsabilizarse del buen funcionamiento de su ponencia.
Foto: Suprema Corte de Justicia

¿Qué se necesita para ser ministro de la SCJN?

Para ser ministro de la SCJN se requiere:

  1. “Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles” (fracc. I del art. 95).
  2. “Tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación” (fracción II). Cabe señalar que la reforma constitucional de diciembre de 1994 suprimió el límite que antes se establecía de “no tener más de 65 años de edad”.
  3. “Poseer el día de la designación, con antigüedad mínima de diez años, título profesional de licenciado en derecho, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello”. Antes de la reforma de 1994 la antigüedad mínima que se exigía del título de abogado (expresión que usaba el texto constitucional) era de cinco años, no de diez como ahora.
  4. “Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza y otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, se le inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”.

  5. “Haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación”. Hasta antes de la reforma de 1994 el requisito de residencia en el país era de “los últimos cinco años, salvo en el caso de ausencia en el servicio de la República por un tiempo menor de seis meses”.

Ahora que ya conoces estos datos sobre los ministros de la Suprema Corte de Justica, ¿quién crees que tomará el lugar de Arturo Zaldívar?

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Tags: AMLOCDMXMORENASuprema Corte de Justicia de la Nación

Marisol Carmona

Me encanta escribir y aportar con mis ideas a trabajos periodísticos. Si tienes una historia: ¡escríbeme!

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