En algunos municipios de México todavía es necesario presentar un Certificado Médico Prenupcial para poder casarse. Este documento es una garantía de que los futuros esposos no tengan una enfermedad de transmisión sexual (ETS), como VIH, virus del papiloma humano (VPH), hepatitis, clamidia y micoplasmas, o bien, padecimientos crónicos incurables, contagiosos o hereditarios.
Todavía en 10 estados del país existen impedimentos legales para que las personas con ETS contraigan matrimonio, estos son: Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo y Sinaloa.
En otras entidades, como el Estado de México, Jalisco, Michoacán o Hidalgo, piden el Certificado Médico Prenupcial como requisito para un matrimonio civil; pero el resultado de las pruebas no impide que la pareja se case, siempre y cuando ambas partes estén debidamente informadas sobre la salud del otro.
Qué es el Certificado Médico Prenupcial
Este documento es una garantía de que la persona con la que se va a contraer matrimonio no tiene problemas de salud que pudieran contagiar a la futura esposa o esposo, ni a los posibles hijos que la pareja pudiera procrear.
El Código Civil Federal establece en su artículo 156 que son impedimentos para contraer matrimonio “La impotencia incurable para la cópula; y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias”.
Sin embargo, en los últimos años, la mayoría de los estados han reformado sus leyes locales para no limitar con terminología legal la decisión de las personas de contraer matrimonio con sus parejas, aunque haya una enfermedad de por medio.
En casi todos los municipios y estados en los que todavía es requisito para un matrimonio civil, el Certificado Médico Prenupcial es únicamente expedido por dependencias de salud pública, ya sea federal, estatales o municipales.
Es decir, este documento no es lo mismo que un certificado médico convencional, que se puede obtener en un consultorio o laboratorio particular o de cadena, sino que es el propio gobierno, a través de sus secretarías de salud, quien lo expide.
En el juzgado civil en el que la pareja realizará su matrimonio, se debe preguntar sobre cuáles son las instituciones para obtener este certificado especial.
El Certificado Médico Prenupcial tiene una vigencia muy corta. Dura apenas 15 días, por lo que la pareja deberá obtenerlo en la fecha más cercana posible al día de la firma del Acta de Matrimonio.
¿Pueden impedirte casarte si eres portador de una ETS?
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) documentó que en Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo y Sinaloa todavía existen leyes que, de alguna forma, limitan o impiden el matrimonio civil a las personas portadoras de una ETS.
Pero de entre ellas, Guerrero, Oaxaca, Durango, Querétaro, Guanajuato y Puebla son las que explícitamente prohíben que las personas enfermas con estos padecimientos se casen.
La CNDH emitió recomendaciones a las legislaciones locales de estos estados para eliminar estas reglas, con el argumento de que se estigmatiza a los portadores de ETS y se vulnera su derecho a la familia, igualdad y libre desarrollo de la personalidad.
Existe también la posibilidad de hacer un amparo contra estas leyes. En 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las personas portadoras de VIH, por ejemplo, tenían derecho a contraer matrimonio por la vía civil, sin que ninguna autoridad se lo impida. Siempre y cuando la pareja supiera de las condiciones de salud.
Un amparo usando esa resolución como base tiene grandes posibilidades de ser admitido.
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