La pensión del IMSS es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrir un accidente de trabajo o al cumplir al menos 60 años de edad.
En el caso del fallecimiento del trabajador o pensionado, el IMSS protege a sus beneficiarios. Por lo que la pensión sí se puede heredar en 3 casos. Aquí te contamos cuáles son.
¿A quiénes puedes heredar tu pensión del IMSS?
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece diferentes opciones para acceder a una pensión en caso de la muerte del aseguro o pensionado. Prestación a la que pueden acceder los cónyuges, los hijos y también los padres del asegurado. A continuación te detallamos lo que debes saber para poder heredar la pensión del IMSS
Pensión IMSS de orfandad
El IMSS establece que los hijos pueden acceder a este beneficio. Sin embargo es necesario que los hijos de hasta 15 años de edad comprueban el vínculo filial. Los hijos a partir de los 16 años y hasta los 25 años también deberán comprobar estudios. A excepción de los casos de hijos con una Invalidez otorgada por el IMSS.
Requisitos:
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acreditar la edad del hijo.
- Que el asegurado hubiese tenido al momento de su fallecimiento, 150 semanas de cotización y se encontrara vigente o en conservación de derechos (seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).
Otras consideraciones:
- Si el asegurado fallece derivado de un riesgo de trabajo, se requiere presentar el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales, mismo que será proporcionado por ellos.
- Si los hijos que presentan una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, se requiere el Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6, expedido por los Servicios Médicos Institucionales.
Documentos necesarios para tramitar la pensión de orfandad
Del fallecido:
- Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE.
- Acta de nacimiento.
- Acta de defunción.
De la hija o el hijo:
- Identificación Oficial con fotografía y firma.
- Documento que acredite la personalidad con la que se ostenta.
- Documento expedido por institución bancaria.
- Acta de nacimiento.
- En el caso de los mayores de 16 que quieren la pensión y estudian, se necesita una constancia de estudios que acredite su inscripción al ciclo escolar del que se trate.
Pensión IMSS de viudez
En caso de fallecimiento del afiliado al IMSS, la persona que vivió con él o ella los últimos cinco años puede ser acreedor a esta prestación al pedir una pensión por viudez. Sin embargo, en caso de que existan dos concubinas la pensión del IMSS no se le dará a ninguna.
Requisitos:
- El asegurado(a) fallecido(a) debe tener mínimo 150 semanas de cotización al momento de su muerte.
- El asegurado(a) debe estar vigente en sus derechos.
- La esposa(o) debe acreditar el vínculo matrimonial, o la concubina(rio) la relación de concubinato.
- Se debe acreditar la dependencia económica con la asegurada o pensionada fallecida.
Consideraciones:
- Al igual que en el caso de los hijos, si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo, se requiere la dictaminación de los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”.
Pensión IMSS de ascendientes
La institución de salud establece que también los padres de familia del asegurado pueden acceder a la pensión. Esto sólo será posible siempre y cuando el pensionado o asegurado no tenga cónyuge, hijos o concubina con derecho a la pensión del IMSS. El monto será del 20% de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer.
Requisitos:
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acreditar la dependencia económica con el asegurado fallecido.
- Que no exista cónyuge, hijos o concubina con derecho a la pensión.
- Que el asegurado hubiese tenido al momento de su fallecimiento, 150 semanas de cotización y se encontrara vigente o en conservación de derechos (seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez).
¿Quiénes no podrán heredar la pensión IMSS?
Los casos específicos por los que no podrás heredar la pensión del IMSS son los siguientes:
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