Tener relaciones sexuales con una persona menor de edad conlleva hasta 20 años de cárcel en México. De acuerdo con el Código Penal Federal, las sanciones varían por la situación en la que ocurran los hechos.
Existe un término jurídico conocido como edad mínima de consentimiento sexual, que es la edad en la que una persona se considera capaz de consentir la actividad sexual.
En México, las leyes no establecen textualmente una edad de consentimiento, aunque sí mencionan los 16 años como un punto límite. Sin embargo, en un juicio, son considerados menores de edad todas las personas que tengan menos de 18 años cumplidos.
El delito por tener relaciones sexuales con una persona menor de edad se llama estupro. Es considerado grave y se castiga con años de cárcel y sanciones económicas. Las cuales consideran diferentes escenarios.
Tener relaciones sexuales con un menor de edad es un delito que se paga con cárcel en México
Las siguientes sanciones se establecen en el Título Decimoquinto del Código Penal Federal.
Abusar sexualmente de una persona menor de 15 años
A quien abuse sexualmente de una persona menor de quince años de edad o de alguien que tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.
Si el abusador cometió actos de violencia, la pena se aumentará en una mitad. Es decir, que serán 26 años de cárcel y mil días de multa.
Aprovecharse sexualmente de una persona menor de edad de la que se esté a cargo o se confíe su cuidado
Estos casos se catalogan como pederastia. El Código Penal lo establece de la siguiente forma:
“Se aplicará de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento”.
Tener relaciones con una persona de 16 y 17 años
La Ley que quien tenga relaciones con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión.
Grabar o fotografiar a una persona menor de edad teniendo relaciones o exhibiendo su cuerpo
Estos actos son catalogados como producción de pornografía infantil y se castigan con penas siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.
Pagar por tener relaciones sexuales con personas menores de edad
En estos casos, puede aplicar las mismas sanciones que se aplican en situaciones de abuso sexual, además de otros doce o dieciséis años por cometer actos de turismo sexual en contra de menores de edad.
Prostituir a un menor de edad o cobrar a otras personas para tener relaciones sexuales con un menor de edad
Este delito se conoce como Lenocinio y se castiga con prisión de dos a nueve años y de cincuenta a quinientos días multa. Esto incluye a las personas que engañen a menores de edad para explotar su cuerpo con fines sexuales.
Tener relaciones sexuales con un familiar menor de edad
En general, estos delitos se catalogan como incesto y tienen penas de uno a seis años de prisión, pero en casos de menores de edad, las penas aplicables son las mimas de violación, que van de 13 años de cárcel o 26, en caso de que se cometa con violencia.
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