La legítima defensa no es igual a un permiso que da la Ley para matar a presuntos delincuentes. En México, las personas tienen todo el derecho de responder a un ataque criminal; por ejemplo, si un ladrón entra a su casa, la víctima sí podría emplear violencia para defenderse a sí mismo, a su familia o a su patrimonio, pero también hay ciertos límites que no deben rebasarse.
El Código Penal Federal, así como sus equivalentes estatales, sí tiene contemplada la figura de la legítima defensa, específicamente en el artículo 15, en donde se señala que no será considerado un delito cuando:
“Se repela una agresión real, actual o inminente, y sin derecho, en protección de bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa, suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se defiende”.
En este escenario, si el ladrón agrede a un miembro de la familia, esto sí se considera una situación de peligro y sí se puede justificar el uso de la violencia contra el delincuente como una reacción natural ante el ataque.
¿Matar a un ladrón es legítima defensa en México?
En el mismo artículo 15 del Código Penal se establece que la legítima defensa puede abarcar situaciones en las que corre riesgo la vida o integridad propia y la de la familia o daños en el patrimonio, siempre y cuando el peligro sea inevitable:
“Se presumirá como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trate de penetrar, sin derecho, al hogar del agente, al de su familia, a sus dependencias, o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que exista la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión”.
Sin embargo, el texto penal es muy claro. La legítima defensa solamente podrá librar del delito en caso donde se repele una agresión. Es decir, la víctima no debe atacar primero ni provocar al delincuente.
Además, la defensa deberá hacerse justo en el momento en el que ocurre el incidente y nunca después de los hechos, ya que de lo contrario sería un acto de venganza y eso sí es una conducta dolosa que se va a juzgar como un delito aparte.
Para explicar lo anterior, se ponen algunos ejemplos muy sencillos, siguiendo el caso del ladrón en la casa:
- No es legítima defensa cuando:
- Un ladrón entra a la casa y un miembro de la familia lo descubre y le dispara al criminal hasta matarlo.
- Un ladrón entra a la casa, pero nadie lo nota en el momento. Días después, la familia descubre la identidad del ladrón y lo ataca hasta matarlo.
- Un ladrón entra a la casa y es sorprendido, pero intenta huir y la familia lo persigue y ataca hasta matarlo.
- Un ladrón entra a la casa y es sorprendido por un miembro de la familia que tiene un arma de fuego y provoca intencionalmente al criminal para poder justificar el uso de la violencia.
- Sí es legítima defensa cuando:
- Un ladrón entra a la casa, al ser descubierto golpea o asesina a un miembro de la familia, pero otro habitante se defiende para que no haya más heridos ni muertos.
- Un ladrón entra a la casa y directamente violenta a la familia. Para defenderse y repeler la agresión, las víctimas lo atacan con un arma o con objetos a su alcance hasta que el criminal muere.
Estos son ejemplos muy básicos y no deben tomarse como hechos absolutos, ya que cada caso es particular y si llega a ocurrir, serán las pruebas y los jueces quienes determinen si las víctimas cometieron un homicidio o un acto de legítima defensa.
Otro aspecto importante a destacar es que no se permite hacer un uso abusivo de este derecho. Como se mencionó al inicio del texto, la defensa legítima en México no es un permiso para matar.
Aquí ya entran muchos aspectos legales que, en caso de que ocurra una situación, así, ayudarán a las autoridades judiciales a determinar si una persona se excedió en su derecho a la defensa propia.
Por ejemplo, por un lado, la Constitución sí permite la portación y el uso de armas de fuego para defensa propia (con los requisitos que dicta el Estado); pero también prohíbe explícitamente hacer justicia por propia mano.
Te puede interesar: