El SAT es el encargado de otorgar el RFC pero no todos lo tienen o lo usan, e incluso hay personas que se inscriben sin actividad económica.
Como muchos saben, el RFC es la clave que otorga el gobierno mexicano a todas las personas físicas o morales que cuenten con actividad económica en el país. Si eres empleado o tienes cualquier otra actividad económica, es posible que ya tengas el tuyo. Pero en muchos otros casos, hay personas que no tienen uno o incluso se inscriben al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sin registrar una actividad económica. Te decimos que pasa en estos casos.
¿Qué pasa si no tengo RFC?
Primero tienes que saber que el RFC es un trámite obligatorio para todos las personas que viven en México, tanto personas físicas como morales (empresas).
El registro y emisión de este documento no es opcional, ya que es necesario para muchos aspectos de tu vida cotidiana, desde iniciar un empleo hasta abrir una cuenta bancaria. De la misma manera la solicitud de una beca estudiantil, o programas de seguridad social exigen este documento, por lo que la mayoría de las situaciones son ganancia con el RFC.
Por esta razón, una inscripción en el RFC con CURP sin actividad económica es vital.
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Pero no te preocupes, en caso de que no tengas, la página del SAT ofrece una forma fácil para obtenerlo en línea. Solo debes ingresar al siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/personas/tramites-del-rfc o también puedes entrar a la nota que dejamos en el enlace arriba, donde te decimos paso a paso como hacer este trámite.
Aunque no es necesario ningún documento, te recomendamos tener a la mano el CURP. Si no sabes cual es tu clave única, te decimos como consultarlo de forma fácil en nuestra nota completa.
¿Qué pasa si me inscribo al RFC sin actividad económica?
Esto trámite es válido para las personas físicas que no estén obligadas a presentar declaraciones periódicas o a expedir comprobantes fiscales por las actividades que realicen. En palabras sencillas, si te inscribes bajo este régimen fiscal no estás obligado a presentar declaraciones al SAT. Se puede hacer dos formas distintas:
- Internet: Se puede iniciar el trámite a través de internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente (ALSC) dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud.En caso de que no concluyas el trámite en el tiempo límite, el proceso será invalidado y tendrás que hacerlo de nuevo.
- En forma personal: Se atiende con y sin cita en cualquier ALSC.
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Cómo saber si ya tengo RFC
En otros casos, hay personas físicas que ya cuentan con un RFC pero no lo saben. Para estos casos, el SAT ofrece un servicio para consultar si ya estás registrado en el RFC a partir de tu CURP o a partir de lo que serían los primeros dígitos de tu RFC. Solo tienes que ingresas al siguiente enlace y seguir las instrucciones que te marca el sistema: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/29073/verifica-si-estas-registrado-en-el-rfc.