Eulalia Cornejo fue sentenciada a 33 años y nueve meses de prisión por el delito de trata de personas. Obligaba a una menor de edad con discapacidad física y psicológica a tener relaciones sexuales.
La mujer fue detenida en febrero y luego ingresada al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Tenancingo, en el Estado de México. Según los cargos, obligó a una adolescente de 15 años a tener relaciones con hombres a cambio de dinero, en el municipio de Tenancingo.
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Esto ocurrió al menos dos veces en 2015, en ese entonces, llevó a la joven que era su vecina a u na casa del Barrio La Campana donde un hombre había pagado por tener sexo con ella. Esto se repitió en enero de 2016.
En esa ocasión la llevó a un local en la calle Circuito Paseo Ordorica, del mismo municipio, donde ocurrió lo mismo con otro hombre que le pagó a Eulalia. Además de la sentencia, la mujer deberá pagar una multa de 1 millón 587 mil 510 pesos y 20 mil 280 como reparación del daño.
Según la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, en el capítulo II artículo cinco refiere que, “comete del delito de tarta de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados y esclavitud”.
En el siguiente punto comunica que, a quien cometa el delito, se aplicará la sanción de:
- Seis a doce días de prisión y de 500 a mil 500 días de multa.
- Si el acto ilícito en contra una persona menor de 18 años, la pena será de nueve a 18 años en la cárcel y de 750 a 2 mil 250 días de multa.