En Coahuila, una mujer embarazada falleció junto con su hija de seis años, luego de un accidente automovilístico que presuntamente fue provocado por un conductor en estado de ebriedad.
Las autoridades estatales informaron que el accidente ocurrió en la madrugada en el cruce de la avenida Lerdo de Tejada y Calzada Cuauhtémoc al centro de Torreón.
De acuerdo con las investigaciones periciales, una camioneta marca Mazda era conducida por un hombre identificado como Jesús Miguel, de 31 años, quien al parecer iba en estado de ebriedad. Esto provocó que se impactara contra un vehículo Dodge, en el que viajaba una familia.
Al lugar del accidente, arribaron elementos de la Cruz Roja para trasladar a los afectados a un hospital. Ellos fueron identificados como Juan Manuel, de 28 años, Roberta Monserrat, de 24, Melani de 6 y Abril Elizabeth de 21; ésta última persona era acompañante del conductor alcoholizado.
Según el reporte, el estado de salud de la menor, junto con el de su madre, quien estaba embarazada era grave, por ello fallecieron a los pocos minutos de ingresar al hospital.
Al lugar de los hechos llegaron policías municipales para detener al presunto responsable, quien fue puesto a disposición del Ministerio Público.
En el Artículo 50 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México se trata el tema de la conducción de vehículos bajo efectos del alcohol, narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos.
En éste se estipula que, “queda prohibido conducir vehículos motorizaos cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro”, así como el influjo de cualquier sustancia tóxica.
A las personas que se les encuentre violando lo estipulado o presenten síntomas de conducir bajo efectos de bebidas embriagantes, narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos están obligados a ser sometidos a las pruebas de detección siempre y cuando lo solicite la autoridad competente ante el médico legista.
En caso de que el conductor rebase los límites mencionados puede ser arrestado de 20 a 36 horas y perderá seis puntos en su licencia para conducir.
En el siguiente artículo se señala que para poder verificar si el conductor maneja bajo los efectos antes mencionados, los elementos de Seguridad Pública pueden detener la marcha del vehículo en puntos establecidos por Seguridad Pública.
Sin embargo, en el Artículo 52 se hace referencia de que, en cualquier vía, si un agente se percata de que el conductor muestra signos de haber ingerido alcohol o estupefacientes se puede proceder a detener el recorrido del vehículo para hacer la revisión correspondiente.